Proyectos energéticos
El Govern tumba por su impacto ambiental dos grandes parques solares en la Marina de Llucmajor
Los informes desfavorables alertan de posibles daños a la biodiversidad, pérdida de hábitat para aves protegidas y un efecto acumulativo “no asumible” en una zona rústica donde ya coexisten numerosas instalaciones ya ejecutadas o en tramitación

Imagen aérea de la zona rústica de la Marina de Llucmajor, en el sur de Mallorca. / DM

La propuesta de instalación de los parques fotovoltaicos Calablava 1 y 2, proyectados en la Marina de Llucmajor, ha recibido un duro revés administrativo tras la emisión, el pasado 16 de abril, de dos declaraciones de impacto ambiental (DIA) desfavorables por parte de la dirección general de Armonización Urbanística y Evaluación Ambiental del Govern.
Los informes concluyen que ambos proyectos, tal como estás planteados, provocarían impactos negativos significativos sobre el medio ambiente, especialmente en la biodiversidad y en los espacios protegidos del entorno. Los dos proyectos son del mismo promotor, Youtall Capital S. L., con sede social en Asturias, tienen características técnicas similares y comparten la línea de evacuación, por lo que el Govern los ha evaluado de forma conjunta teniendo en cuenta los impactos acumulativos de ambos parques.
Los dos proyectos complementarios contemplan una ocupación conjunta de 567.000 metros cuadrados (56,7 hectáreas) en las fincas de Son Misser y Can Verdigo, en plena Marina de Llucmajor. La instalación prevé un total de 41.600 paneles solares bifaciales, repartidos a partes iguales entre ambas plantas (20.800 en cada una), con una inversión global superior a los nueve millones de euros. Además, en una segunda fase se proyectaba la incorporación de un sistema de almacenamiento energético mediante baterías de litio, con una ocupación adicional de 560 metros cuadrados. Los terrenos afectados están clasificados como suelo rústico general, con una pequeña parte como suelo rústico general forestal.
Según recogen las dos resoluciones desfavorables, aunque las plantas no se ubican directamente dentro de la Red Natura 2000, sí se encuentran en las inmediaciones de zonas especialmente sensibles como la ZEPA de Cap Enderrocat y Cap Blanc. En este sentido, los técnicos advierten de que la ejecución de los parques podría reducir la conectividad entre hábitats, generar un efecto barrera y afectar a los corredores ecológicos, comprometiendo la integridad de estos espacios protegidos.
Uno de los aspectos más preocupantes señalados en el informe es la pérdida directa de hábitat para diversas especies de avifauna, entre ellas rapaces y aves esteparias protegidas por la normativa europea. La implantación de las instalaciones supondría la desaparición de zonas clave para su descanso, alimentación y reproducción, un impacto que, además, se vería agravado por la acumulación de otros proyectos fotovoltaicos ya existentes o en tramitación en la misma área.
El documento también alerta de que los niveles de ruido previstos superan los límites establecidos para zonas que requieren especial protección frente a la contaminación acústica, lo que podría afectar negativamente a las especies presentes en el entorno.
A todo ello se suma el incumplimiento de la normativa estatal en materia de biodiversidad. En concreto, el informe considera que el proyecto vulnera lo establecido en la Ley 42/2007, al no garantizar la prevención del deterioro, la fragmentación de hábitats ni las perturbaciones a las especies, incluso fuera de los espacios integrados en la Red Natura 2000.
Asimismo, la administración cuestiona la idoneidad de la ubicación elegida, al considerar que no se ha justificado de manera adecuada frente a otras posibles alternativas. El área presenta valores ambientales relevantes, con presencia de hábitats y especies protegidas, elementos patrimoniales dispersos y proximidad a espacios de alto valor ecológico, lo que contraviene los criterios del Plan Director Sectorial Energético de las Illes Balears.
En este contexto, el efecto acumulativo de las distintas instalaciones energéticas proyectadas en la zona se califica como “no asumible” desde el punto de vista ambiental, tanto por su impacto sobre la biodiversidad como por su afección al paisaje.
Con todo ello, la resolución formula una declaración de impacto ambiental desfavorable para ambos proyectos, lo que en la práctica impide su desarrollo en las condiciones actuales. El acuerdo no es recurrible de forma directa, aunque podrá ser impugnado tanto en la vía administrativa como en la judicial.
La resolución se emite, además, sin perjuicio de otras competencias administrativas y de la necesidad de obtener los informes y autorizaciones correspondientes, dejando claro que el proyecto deberá replantearse si quiere superar los requisitos ambientales vigentes.
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