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Disciplina urbanística

El Consell multa con 400.000 euros al campo de polo de Campos por infracciones “muy graves”

La ADT constata que la instalación, que fue legalizada in extremis por el PP el pasado año, ha reiniciado la práctica deportiva sin título habilitante y ha ampliado el complejo urbanístico sin licencia

Una imagen del campo de polo de Campos.

Una imagen del campo de polo de Campos. / DM

Joan Frau

Joan Frau

Campos

La Agència de Defensa del Territori de Mallorca (ADT), dependiente del Consell de Malloca, ha impuesto una sanción firme de 401.000 euros a los propietarios del campo de polo de sa Barralina de Campos por diversas infracciones urbanísticas “muy graves” en las instalaciones que habían sido legalizadas por el PP a mediados del pasado año aprovechando una enmienda de Vox a la ley de Macrogranjas aprobada en junio de 2025 de manera definitiva en el Parlament. Cabe recordar que el polémico campo de polo, que llegó a estar precintado por orden del Consell, volvió a celebrar en 2024 competiciones deportivas a pesar de que estaba prohibido desde 2017.

Una resolución definitiva de la ADT firmada el pasado 15 de abril y ratificada por el consejo rector de este organismo que vela por la disciplina urbanística en suelo rústico impone dos sanciones de 346.483 euros, por una parte, y de 55.004 euros, por la otra, respectivamente, a las dos sociedades promotoras del campo de polo, Sa Barralina S. L., como propietaria de tres parcelas, y Es Figueral Gran S. L. U., titular de una de las parcelas, por haber ejecutado actos de edificación y uso del suelo “sin el correspondiente título habilitante” en los cuatro solares de la misma finca rústica en la que se encuentra el campo de polo, calificados como suelo rústico protegido por diferentes figuras ambientales.

La ADT había concedido un plazo de quince días a las dos empresas infractoras para presentar alegaciones, aunque ambas han decidido no hacer uso de esta posibilidad, por lo que estarían conformes con las sanciones.

La mayor multa, de 346.483 euros, se ha impuesto a la empresa Sa Barralina S. L. como “responsable de una infracción urbanística calificada de muy grave” según la ley de Urbanismo de Balears (LUIB) por “ejercer sin título urbanístico habilitante actividades relacionadas con la práctica del polo, usando para ello un campo de polo de unos 40.000 metros cuadrados”.

Por otra parte, la ADT también imputa a esta sociedad otra infracción urbanística muy grave prevista en la LUIB consistente en la “ampliación en unos 32.000 meros cuadrados” de dos campos de polo anexos a los dos campos existentes, también delimitados con tablones de madera y dotados con su correspondiente instalación de riego. Todo ello en tres parcelas de suelo rústico de máxima protección ubicadas a poca distancia del parque natural de Es Trenc.

La segunda multa, de 55.004 euros, que deberá pagar la entidad Es Figueral Gran S. L. U., también es por llevar a cabo actividades relacionadas con la práctica del polo sin título habilitante en las mismas instalaciones de 40.000 metros cuadrados.

Además, como en el caso anterior, también se considera a la empresa responsable de otra infracción urbanística muy grave por la reforma de una pérgola existente y su conversión en porche de unos 65 metros cuadrados en una finca que, como las tres que están registradas a nombre de la otra sociedad, también está calificada como suelo rústico de máxima protección.

La actividad deportiva que se ha desarrollado en dos campos de polo habilitados en la citada finca de Campos, ubicada a poca distancia del emblemático arenal virgen del Migjorn, siempre ha estado rodeada de polémica. El conflicto se remonta a los años 90, cuando se transformó una vieja vaquería en el germen de lo que hoy es el campo de polo y las construcciones anexas. El Consell de Mallorca, a través de la ADT, llegó a ordenar la suspensión de la actividad por falta de licencia urbanística. A mediados de noviembre de 2017 la ADT procedió al precinto de las instalaciones de los dos campos de polo situados junto a la histórica possessió de sa Barrala.

En 2024, el Consell comunicó a la Fiscalía el presunto incumplimiento por parte del promotor de la suspensión de la actividad decretada en 2017 y ratificada por el TSJB después de haber constatado que se habría reiniciado la actividad. También se abrió un expediente que ha desembocado en las citadas sanciones. Finalmente, el PP optó el pasado año por legalizar el polémico campo de polo.

“Esperpento especulativo”

En este sentido, fuentes del PSOE han denunciado este lunes el “esperpento especulativo” del PP y lamentan que a pesar de la resolución de la ADT “no se discute la legalidad de las actividades que se llevan a cabo” porque estas “quedaron legalizadas por acción directa del PP al incluir una enmienda ad hoc en el articulado de la ley de Macrogranjas”.

Los socialistas lamentan que a pesar de la elevada sanción impuesta a las dos sociedades que controlan el campo de polo, “la ADT no puede ordenar la suspensión de la actividad deportiva” debido a la legalización ‘in extremis’ impulsada por el PP. “Ahora empezamos a ver cuál era el motivo real del PP de Prohens y Sagreras para legalizar el campo de polo de su pueblo por la puerta trasera del Parlament”, señala el PSOE, que califica esta instalación de “emblema de la prostitución del rústico de la más alta protección en Mallorca desde hace más de 25 años”.

Jaume Mateu, conseller del grupo socialista, afirma que “el mensaje que se envía a la ciudadanía es claro: cualquier especulación es posible en cualquier parte de Mallorca, rústica o urbana, protegida o no, mientras tengas dinero para pagar”.

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