Vivienda en Mallorca
Sant Llorenç se atribuye un solar en Cala Millor sin título de propiedad tras una investigación
El Consistorio concluye, tras un expediente sin alegaciones, que la parcela es municipal y prevé cederla al Ibavi para vivienda protegida

El solar del Carrer Platja, número 9, de Cala Millor, en una imagen de hace unos meses / Biel Capó
Un largo proceso administrativo emprendido por el ayuntamiento de Sant Llorenç ha concluido que una parcela situada en el Carrer Platja, número 9, de Cala Millor es suya pese a carecer de un título formal de propiedad. Para ello, se basa en pruebas como una certificación catastral y el inventario municipal de bienes. El objetivo del Consistorio es destinar este terreno a la construcción de pisos sociales, mediante una cesión al Instituto Balear de la Vivienda (Ibavi).
El inicio de camino legal para dictaminar de quién era la parcela se sitúa a finales del año pasado, como ya informó este diario. Una resolución de Alcaldía anunció que comenzaba una investigación sobre la titularidad de este solar, con una superficie de 551 metros cuadrados. A partir de ese momento, se abrió un periodo de alegaciones para que cualquier interesado pudiese presentar sus argumentos. Concluido el plazo de un mes, no se registraron alegaciones.
Para acreditar su titularidad, la administración presentó dos pruebas centrales. Una, la certificación catastral descriptiva y gráfica que indica que la parcela “es al 100% del Ayuntamiento de Sant Llorenç". Igualmente, se adjuntó una copia de la ficha número 27 del inventario municipal de bienes que corroboraba que la parcela está inscrita dentro del apartado ‘Locales del Ayuntamiento en Cala Millor’.
En una fase posterior, se abrió de nuevo un trámite de audiencia para que cualquier persona interesada en el expediente pudiese exponer sus argumentos, sin que se registrase tampoco ninguna alegación.
En el dictamen definitivo emitido por el Ayuntamiento puede leerse: “Como resultado de las pruebas practicadas, se llega a la conclusión de que son sólidas y acreditan de manera fundamentada y suficiente que, a pesar de la ausencia de posesión de título formal de propiedad, la parcela ubicada en el Carrer Platja 9 de Cala Millor materialmente es propiedad al 100% del Ayuntamiento”.
Inventario municipal de bienes
Como establece el acuerdo plenario en que se ratificó la decisión, ahora esta parcela pasa a incorporarse al inventario municipal de bienes. Además, el acuerdo se ha trasladado al Registro de la Propiedad a fin de formalizar la situación legal del terreno.
Actualmente, esta propiedad acoge unos locales cerrados, rodeados de una vegetación descuidada. La valla que da acceso al interior del solar está abierta. Desde este mes, el solar ha dejado de encerrar este misterio administrativo.
La idea del gobierno municipal es ceder este terreno al Ibavi para construir vivienda protegida, como vienen haciendo en los últimos años numerosos consistorios de Mallorca.
Otros precedentes
El de Sant Llorenç no es un caso aislado. Las administraciones públicas recurren a este tipo de expedientes cuando existen dudas sobre quién es el propietario. Hace unos años, por ejemplo, el Estado inició un procedimiento similar sobre un solar en la calle Magnolia, número 8, de Palma para determinar si era de propiedad pública.
La Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas permite que éstas puedan investigar la situación de los bienes y derechos que se presuman de su propiedad, "siempre que ésta no conste”. Igualmente, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales establece que “las entidades locales tienen la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que se presuman de su pertenencia”.
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