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El Gob pide que no haya regresión ambiental en el parque natural Es Trenc-Salobrar de Campos

La entidad ecologista reclama que el nuevo Plan Rector de Uso y Gestión blinde la conservación del espacio natural y evite cualquier rebaja de la protección vigente

Imagen general de Es Trenc.

Imagen general de Es Trenc. / DM

Campos

El grupo ecologista Gob ha reclamado que el nuevo Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del parque natural de Es Trenc-Salobrar de Campos garantice la conservación ambiental y respete el principio de no regresión ambiental. En la fase de consulta pública del nuevo plan, el Gob ha presentado un pliego de aportaciones en el que realiza esa reivindicación de que no haya ningún retroceso ambiental aunque pueda "parecer una obviedad", ante "la situación ambiental y política que se vive actualmente en Baleares", ha explicado la entidad.

La herramienta de gestión que tramita la Conselleria de Agricultura, Pesca y Medio Natural debe concretar el régimen de usos y actividades, las directrices de gestión, las actuaciones de conservación y restauración, los criterios de uso público, los programas de seguimiento y los mecanismos de participación y coordinación administrativa del parque natural.

El Gob aplaude que la Conselleria haya decidido elaborar el PRUG de este espacio pero expresa su "inquietud" ante esta iniciativa porque el parque de Es Trenc-Salobrar se declaró en 2017, y su Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) es de 2023, y sin embargo hay otros espacios naturales protegidos declarados bastante antes, como el de la Península de Llevant (declarado en 2001) o Mondragó (en 1992) que no tienen PRUG, ni siquiera en trámite.

El Plan de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) del parque es muy completo, y en parte ya incluye contenidos normativos propios de PRUG, por lo que el Gob considera que la urgencia de dotarlo de un PRUG "es relativa".

Ritmo

Advierte además de que los avances en la gestión del parque natural llevan un ritmo muy lento, de manera que aunque la ley de su creación estableció la obligación de restituir ambientalmente la parte del aparcamiento de Es Trenc que se ilegalizó por ocupar dominio público, 9 años después la zona todavía no se ha restituido.

Tampoco se han realizado algunas actuaciones básicas previstas en el PORN y que deberían estar disponibles para fundamentar las disposiciones del PRUG, especialmente el estudio de capacidad de carga, "básico para regular el uso público". El Gob manifiesta "cierto recelo" por el hecho de que la Conselleria de Agricultura de prioridad a este nuevo instrumento normativo.

Por eso, la entidad reclama el respeto a la garantía de no regresión ambiental, ninguna rebaja del nivel de protección ambiental actualmente vigente y el respeto escrupulosamente a las determinaciones del PORN "evitando cualquier reinterpretación flexible que suponga una intensificación de los usos o un aumento de la presión humana sobre el espacio".

Piden un articulado "consistente y explícito" para que no haya regresión ambiental en caso de que se modifiquen normativas urbanísticas.

Entre la regulaciones y actuaciones, el Gob pide medidas de protección y restauración del sistema playa-duna como fundamentales; actuaciones de protección, conservación y recuperación de especies y hábitats de interés, un régimen de regulación de la actividad pesquera, la regulación de los aparcamientos y la ordenación del uso público, la ordenación del tráfico rodado y limitaciones basadas en lo que determine el estudio de capacidad de carga.

Consideran además que el PRUG debe reiterar para reforzar algunas de las regulaciones ahora ya incluidas en el PORN como la prohibición de la creación de nuevas plazas de alojamiento turístico, de la dotación de nuevos equipamientos turísticos o la ampliación de los existentes, y de cualquier incremento de los servicios turísticos, así como de las actividades turísticas que comporten degradación de la flora o fauna.

En cuanto a los servicios de temporada en las playas, mantener la limitación existente de un máximo de 3 chiringuitos y los números máximos ya establecidos de sombrillas y tumbonas.

Por lo que respecta al régimen urbanístico, la prohibición de determinadas infraestructuras, especialmente los campos de gof y su oferta complementaria, los campos de polo, los equipamientos comerciales, los aeropuertos, aeródromos, helipuertos y puertos deportivos y los parques temáticos, discotecas y salas de fiesta.

Añaden que cualquier autorización o regulación que se prevea en el PRUG debería incorporar una evaluación del impacto acumulativo sobre el conjunto del parque, y no únicamente del impacto individual de cada actuación.

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