Caminos públicos
La Justicia declara público el Camí de Bunyola a Alaró y ordena retirar los cerramientos
Una sentencia reconoce a los ayuntamientos de Santa Maria y Bunyola como titulares del histórico sendero que era reclamado como privado por los propietarios de la finca de Es Cabàs

Un activista coloca un cartel del camino público junto a una de las barreras que impiden el paso. / A. V. C.

Una sentencia del juzgado de primera instancia número 23 de Palma declara que el Camí de Bunyola a Alaró es de “dominio y uso público” en todo su recorrido a su paso por los municipios de Santa María del Camí, donde es conocido con el topónimo de camí des Cabàs, y Bunyola. En ambos casos, el fallo judicial atribuye a los dos ayuntamientos la propiedad de este sendero histórico. Por otra parte, condena a una serie de propietarios a pagar las costas y a “restituir la posesión” del camino a su paso por las respectivas propiedades, así como a “retirar a su costa todo candado o tipo de cerramiento que impida u obstaculice el libre tránsito público por este camino”. En caso de no hacerlo voluntariamente, la juez advierte de que lo hará “esta parte con el auxilio de la fuerza pública”.
La sentencia, dictada el pasado 22 de diciembre de 2025, desestima la demanda contra el Ayuntamiento de Santa Maria presentada por particulares y empresas propietarias de fincas colindantes, que defendían la titularidad privada del camino. Por otra parte, el fallo estima de forma íntegra la demanda reconvencional presentada por los ayuntamientos de Santa Maria y Bunyola, que reclamaban el carácter público del camino.
Los demandantes, que impugnaron la inscripción, en septiembre de 2014, del camí des Cabàs en el inventario de bienes municipales de Santa Maria, en un recurso que fue desestimado por el juzgado, defendían que el camino “ha sido de titularidad privada desde tiempos inmemoriales” y que el Ayuntamiento nunca había realizado labores de mantenimiento del sendero. Además, sostuvieron en el juicio que el camino era “una vía de comunicación de las casas de los predios Es Cabàs y Son Torrella” y que nunca ha sido considerado un camino vecinal, entre otros argumentos.
Por su parte, los ayuntamientos de Santa Maria y Bunyola defendieron el carácter público del camino y recordaron que figura tanto en el catálogo de caminos elaborado por el Consell de Mallorca en 1999 como en el catálogo de bienes patrimoniales de Santa Maria. Explicaron que cuando este catálogo fue aprobado inicialmente y publicado en el Boib, en julio de 2010, “la propiedad del predio Es Cabàs destruyó de forma deliberada parte del histórico Camí des Cabàs”. También aseguran que a partir de 1848 las vías de comunicación más importantes “se fueron declarando caminos vecinales”. Además, argumentaron que las escrituras y documentos de los siglos XIX y XX “hacen referencia al camino de Alaró y las personas de avanzada edad lo reconocen como de uso público desde tiempo inmemorial”.

Imagen de una marcha reivindicativa para reclamar la titularidad pública del camí des Cabàs. / A. V. C.
La sentencia judicial recoge los testimonios de varios testigos que “acreditan” el uso inmemorial del camino. Uno de ellos, nacido en 1937, manifestó que los niños iban a la escuela por el camino y que se trataba del “antiguo camino público de Bunyola a Alaró”. Otro testigo, nacido en la finca de Es Cabàs en 1943, aseguró que por el camino “pasaba todo el mundo, nunca se prohibió el paso y que era el más recto” entre ambos pueblos.
Diversos documentos definen este camino como “real”, cuya definición fue planteada en el pleito sin la posibilidad de extraer una conclusión clara porque “se trata de una cuestión interpretativa”. “En todo caso, no parece razonable que un camino al que, siquiera de vez en cuando, se le denomina como ‘real’ pueda ser de titularidad privada”, considera la jueza.
Según los informes periciales aportados en el juicio, ya existen evidencias de la existencia del camino desde 1663 como mínimo. Si bien es cierto que en los mapas examinados no se reconoce al Camí des Cabàs la consideración de camino vecinal, la jueza señala que este extremo no debe llevar a rechazar la naturaleza pública del camino porque “existen caminos públicos que no fueron declarados vecinales en su momento”. Además, añade que el camino “no es solo una vía que une predios comunes, sino que tiene por fin unir las poblaciones”. Según el fallo, el hecho de que la trayectoria del camino “es la más lógica y corta para llegar a Bunyola y Alaró” conduce a pensar que “era el camino utilizado desde antiguo”, ya que los desplazamientos “se realizaban a pie, carro o caballo”.
La sentencia admite como “indubitada” la antigüedad del camino y los distintos usos que ha tenido. El juzgado, que realizó un reconocimiento del estado actual del camino, concluye que su apariencia física “no puede por si sola acreditar la propiedad privada o pública del mismo”, en contra de lo afirmado por los defensores de la titularidad privada, que habían subrayado la falta de “evidencias físicas” de su condición pública.
La sentencia ha sido celebrada por la asociación Amics de la Vall de Coanegra, que agradecen a los dos ayuntamientos el mantenimiento del litigio contra la propiedad de Es Cabàs para “defender la titularidad pública del camino en todo su recorrido por los municipios de Santa Maria y Bunyola”. También han tenido un recuerdo para el abogado Tomeu Pizà, fallecido el pasado año, por su trabajo a lo largo de doce años de litigio y que “no habrá podido disfrutar de la satisfacción de haber ganado el juicio que él había preparado”, así como para las declaraciones “honestas” de testigos de ambos municipios a favor de la existencia del camino público desde tiempos inmemoriales y que “antes del cierre era transitado libremente y sin ningún impedimento”.
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