Urbanismo
Sóller tramita la regularización de cuarenta construcciones ilegales en suelo rústico
La mayoría de los proyectos de regularización en el municipio corresponden a viviendas construidas sin la preceptiva licencia municipal

Una imagen del valle de Sóller. / J. Mora
El Ayuntamiento de Sóller ha tramitado hasta ahora la regularización de alrededor de cuarenta construcciones ilegales a través del mecanismo establecido en la Ley 7/2024. La tramitación de todos estos expedientes conlleva la presentación de un proyecto técnico y la obtención de la correspondiente licencia de obras, como si se tratara de la construcción de una vivienda nueva, así como el pago de una multa que oscila entre el 10% y el 15% del valor de la edificación a regularizar.
Las viviendas y otras construcciones que se encuentran en proceso de regularización (y aquellas que ya han obtenido la autorización definitiva) están situadas en suelo rústico. Las edificaciones ubicadas en suelo urbano no pueden acogerse a este mecanismo extraordinario, que fue aprobado por el Parlament a instancias del Govern del PP.
Según han explicado fuentes municipales, la mayoría de los proyectos de regularización corresponden a viviendas construidas sin la preceptiva licencia municipal. No obstante, también pueden acogerse a este procedimiento otras edificaciones e instalaciones (incluidas terrazas, piscinas u otros elementos auxiliares) siempre que no estén sujetas a una orden de demolición.
La Ley 7/2024 ha abierto un proceso extraordinario y temporal, vigente hasta febrero de 2028, para legalizar viviendas y construcciones en suelo rústico que ya no estén sujetas a demolición. Este proceso permite su regularización sin la aplicación de parámetros urbanísticos estrictos, mediante el pago de una sanción económica, que va entre el 10 y el 15% del valor de la construcción, y la presentación de un proyecto técnico que incorpore medidas ambientales.
La cuantía de la multa se incrementa cada año que se retrasa la solicitud y se exige una antigüedad mínima de la edificación: anterior al 20 de diciembre de 2014 en suelo rústico común o al 30 de junio de 1991 en suelo rústico protegido, además de no contar con expedientes activos, como órdenes de demolición.
La sanción económica aplicada en estos casos se calcula como un porcentaje del valor de la construcción y su repercusión sobre el terreno, y aumenta progresivamente en función del tiempo transcurrido desde la entrada en vigor del procedimiento.
Entre otros requisitos, el promotor de la legalización debe presentar un proyecto técnico que contemple las obras necesarias para garantizar las condiciones de habitabilidad, seguridad y salubridad de la edificación. Asimismo, debe incluir medidas destinadas a asegurar la autosuficiencia de la vivienda en la gestión de residuos y del agua, con el fin de minimizar el impacto ambiental.
La aprobación del texto legal que articula estas medidas de legalización de edificaciones ilegales o fuera de ordenación generó un intenso debate político en el Parlament. Las fuerzas de izquierdas calificaron la norma de “amnistía urbanística” o de “barra libre en suelo rústico”, y advirtieron de que la ley favorece el beneficio privado y la especulación inmobiliaria.
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