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Vivienda en Mallorca

Calvià abre el plazo para pedir ayudas al alquiler: consulte aquí todos los requisitos

Para optar a la ayuda, la vivienda debe estar en el término municipal, ser el domicilio habitual del solicitante, y el coste del alquiler no debe superar los 900 euros mensuales

El límite máximo de la subvención será de 330 euros al mes

Calvià ha abierto el plazo para pedir ayudas al alquiler

Calvià ha abierto el plazo para pedir ayudas al alquiler / DM

I.M.

El Ayuntamiento de Calvià ha abierto hasta el 9 de enero de 2026 el plazo para presentar las solicitudes de las ayudas al alquiler de viviendas en este municipio de Ponent caracterizado por los altos precios inmobiliarios.

Según informó el Consistorio en un comunicado, son varios los requisitos que deberán cumplir los solicitantes. Para optar a la ayuda, la vivienda debe estar en Calvià, ser el domicilio habitual del solicitante, y el coste del alquiler no debe superar los 900 euros mensuales. Además, deben acreditar un contrato de alquiler válido como marca la Ley de Arrendamientos Urbanos.

El periodo que cubren estas ayudas va desde el 1 de septiembre de 2025 al 31 de agosto de 2026. La ayuda cubrirá hasta el 40% de la renta mensual, estableciéndose un límite máximo de ayuda de 330 euros mensuales (3.960 euros anuales por vivienda).

Para ser beneficiario, se tendrán en cuenta los ingresos de la unidad de convivencia correspondientes al ejercicio fiscal de 2024. Los solicitantes, recuerda el Ayuntamiento, deben estar al corriente del pago del alquiler en el momento de la solicitud y tener nacionalidad española, de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, Suiza, o residencia legal en España en el caso de extranjeros no comunitarios.

También es un requisito presentar los justificantes bancarios del pago del alquiler de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2025, o, en su caso, de enero de 2026.

Los pagos deben haberse realizado mediante transferencia, domiciliación o ingreso bancario, y el documento justificativo debe ser el oficial emitido por la entidad financiera. No se admitirán capturas de pantalla, fotos de recibos o documentos con rectificaciones o tachaduras, según explican desde la administración municipal.

Incompatibilidad con otras ayudas

Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas al alquiler de organismos públicos o privados, y quedan excluidos específicamente los titulares de contratos de arrendamiento de Viviendas de Protección Oficial (VPO). No obstante, sí son compatibles con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y con supuestos excepcionales de aportes de Servicios Sociales.

El Ayuntamiento recomienda realizar la tramitación preferentemente de manera telemática a través de la Sede Electrónica, disponible 24 horas al día, para lo cual es necesario el certificado digital o un sistema de identificación electrónica. También se puede presentar presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o en el Centro Municipal de Servicios de Palmanova.

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