La Audiencia absuelve a la exalcaldesa de Petra acusada de prevaricación
El Ayuntamiento le pidió tres años de cárcel y la acusó de intermediar para que una multa impuesta a su marido prescribiera y no se pudiera cobrar

La exalcaldesa de Petra ha sido declarada inocente por el tribunal de la Audiencia que le absolvió / J.F.M.
La Audiencia de Palma ha dictado una sentencia absolutoria que beneficia a la exalcaldesa del municipio de Petra, Caterina Mas, de Més per Mallorca, que fue acusada de prevaricación y malversación por el propio Consistorio de haber actuado para beneficiar a su marido, de tal manera que se permitiera que una sanción impuesta por una irregularidad urbanística, quedara prescrita y por tanto no se pudiera cobrar. La sentencia considera que no ha quedado demostrado que Caterina Mas se implicara en el proceso administrativo interno del Consistorio, en el que se permitió que esta sanción económica, que alcanzó casi los 59 mil euros, no se pudiera cobrar.
Esta multa nace de un expediente de disciplina urbanística que se inició en el año 2007. En ese momento Caterina Mas no era alcaldesa, sino solo concejal. Su esposo, junto a un socio, con el que comparte un negocio de ferretería, realizó una obra ilegal que consistió en la ampliación del local. El Ayuntamiento persiguió la obra ilegal y procedió a su sanción. Esta multa fue confirmada por el juzgado.
En la fase de ejecución de dicha sanción, el socio del marido presentó un escrito en el Ayuntamiento proponiendo un calendario de pago a cuatro años. Entregaría cantidades cada mes hasta abonar la totalidad de la sanción. Las primeras cuotas se abonaron, pero en un momento determinado se dejó de pagar, sin que el Ayuntamiento hubiera adoptado ninguna medida para lograr la ejecución de la sanción. Hubo un momento en el que la multa prescribió y ello evitó que el marido de la alcaldesa y su socio abonaran la sanción que les había impuesto el propio Ayuntamiento.
La acusación particular que ejerció el Consistorio de Petra mantenía que Caterina Mas había ordenado a los funcionarios del Ayuntamiento que no procedieran a la ejecución de la sanción. Sin embargo, según señala el tribunal en la sentencia absolutoria, esta afirmación no ha quedado demostrada. Los jueces detallan que no era ella la encargada de la tramitación de los expedientes de disciplinara urbanística, sino otro concejal, y que no intervino ni en la aprobación del calendario de pagos, ni tampoco en el proceso por el que no se le exigió a su marido al abono de la sanción. “No existe prueba respecto de que la acusada dictase una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia o consistiera una irregularidad en la actuación administrativa, encaminada a conseguir que prescribiera la sanción urbanística impuesta”, incide el tribunal.
El tribunal recuerda que para acusar a una persona de un delito de prevaricación, como se pretendía en este caso, “el autor ha de ser consciente de la injusticia de la resolución, dictándola deliberadamente a pesar de ello”.
La Sala rechaza que el pago aplazado de una sanción fuera irregular en el momento que este sistema fue autorizado por el Ayuntamiento. De hecho, insiste en que “el otorgamiento de facilidades de pago constituía una práctica habitual”.
Sobre el proceso para exigir el pago de la deuda, que nunca se inició, el tribunal explica que “el impulso de la vía de aprecio correspondía, en primer lugar, al tesorero, sin que la alcaldesa, más allá de su posición general de dirección política, tuviera concretas funciones al respecto. Tampoco ha quedado probado que impartiera instrucciones expresas o tácitas, o asumiera la decisión personal de no remitir el expediente al órgano de recaudación”. El tribunal hace mucho hincapié en el desorden interno del Ayuntamiento en los procesos para exigir el pago de las sanciones, pero eso no significa que se pueda imponer una sanción penal a la entonces alcaldesa de Petra.
Cabe recordar que en este juicio la fiscalía no imputó ningún delito y solicitó la absolución. En cambio, la acusación particular, que representó el Ayuntamiento de Petra, solicitó una condena de tres años de prisión y además reclamó la exalcaldesa pagara una indemnización de 130 mil euros. Este objetivo del Consistorio no se ha conseguido y, además, tendrá que pagar las costas de este proceso.
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