La fiscal mantiene su petición de 15 meses de prisión para Miguel Pascual por un delito ecológico en Llucmajor

La defensa del empresario reclama su absolución porque los hechos son atípicos y los daños no fueron muy graves

Un perito indica que no se produjo un “daño sustancial” a la flora y la fauna del lugar, pese a la muerte de seis tortugas mediterráneas

El empresario acusado, ayer durante la segunda sesión del juicio celebrado en Palma.

El empresario acusado, ayer durante la segunda sesión del juicio celebrado en Palma. / B. P.

B. Palau

B. Palau

Palma

La fiscal mantuvo ayer su petición de condena de 15 meses de cárcel por un delito ecológico para el empresario Miguel Pascual Bibiloni, antiguo propietario de conocidos locales en la Playa de Palma y que fue absuelto por la Audiencia Provincial en el caso Cursach por la presunta trama de corrupción policial, por supuestamente arrasar la flora y la fauna de una finca de Llucmajor de su propiedad para destinarla a viñedos.

Según el ministerio público, entre 2016 y 2021 roturó “ilegalmente” 11,7 hectáreas de la Marina de Llucmajor, lo que produjo la destrucción del hábitat de especies protegidas como el milano real, un sapo y la tortuga mediterránea. Precisamente, el 4 de febrero de 2021 guardias civiles del Seprona y agentes medioambientales hallaron en la finca sa Bassa Plana, en Llucmajor, los cadáveres de seis tortugas mediterráneas cuando una retroexcavadora eliminaba masa forestal sin ningún tipo de autorización. Los técnicos indicaron que los animales habían sido aplastados.

La fiscalía acusa a Miguel Pascual de un delito contra los recursos naturales. Además de los 15 meses de prisión, el conocido empresario se enfrenta una multa de 7.200 euros y su inhabilitación para ejercer como viticultor durante un año y medio. La sociedad de la que es administrador, sa Bassa Plana SL, titular del terreno afectado, también está acusada y se le reclama el pago de otros 22.500 euros.

Por su parte, el abogado defensor pidió ayer en la segunda sesión del juicio la libre absolución de su representado al considerar que los hechos son atípicos, no causaron daños muy graves al medio ambiente y, además, ya fueron sancionados por la vía administrativa por parte de la antigua conselleria de Medio Ambiente. “No es típica la conducta. En el artículo 325 del Código Penal no existe la roturación en el texto. La Conselleria ya le sancionó por infracción grave, no consideró que los hechos fueran muy graves. No se habla de daños sustanciales”, destacó el letrado.

Un perito propuesto por la defensa indicó que no se produjo un “daño sustancial” a la flora y la fauna del lugar. El ingeniero agrícola concluyó que la superficie afectada no sufrió daños sustanciales. “La flora que se ha roturado no tiene un valor ecológico importante, tiene fácil regeneración, no se produce un daño sustancial, es poca superficie. La superficie afectada es muy poca, un 6,19% de la superficie total de la parcela. No hay un daño ecológico que sea irreparable”, insistió el experto.

Fauna afectada

“Tampoco causó daño sustancial a la fauna. Seis tortugas muertas de esta especie no representan ningún daño sustancial a la fauna. Y ya fue multado con 6.000 euros por ello, mil euros por cada tortuga. No sabemos la causa de la muerte de estos ejemplares. Esa parcela no forma parte de la Marina de Llucmajor”, precisó el ingeniero, quien confirmó que peritó 2,9 hectáreas del terreno, frente a las 11,7 hectáreas roturadas, como le hizo ver la fiscal.

El ministerio público subrayó que el acusado desde 2010 había roturado y eliminado masa forestal en 45 hectáreas. “Era una superficie forestal consolidada de más de 30 años. Él sabía que tenía que pedir autorización, pero no la pedía. Ya había sido sancionado con anterioridad tres veces por los mismos hechos. Esta autorización no se puede conceder porque es una superficie forestal consolidada de más de 30 años, él lo sabía”, insistió la acusación pública.

“Él siempre reconocía su culpa y pagaba por anticipado, así se beneficiaba de una reducción del 40% de la sanción. Pero estaba obligado a restaurar la zona y no lo hacía”, remarcó la fiscal en sus informes ante la magistrada de un juzgado de lo penal de Palma.

“No estamos hablando de una superficie pequeña. El hábitat de las especies protegidas está destruido, no se puede recuperar. Por tanto, es un daño grave al medio ambiente. Además, el acusado no obedecía la orden de restaurar la zona”, insistió la representante del ministerio público.

El empresario encausado, que el pasado lunes se acogió a su derecho a no declarar, también guardó silencio en el turno de la última palabra. El caso quedó ayer al mediodía visto para sentencia.

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