Urbanismo

Calvià elabora una guía para aclarar las dudas de los dueños que se quieren acoger a la amnistía urbanística

Numerosos propietarios se han dirigido al Consistorio para informarse sobre esta legalización aprobada por el Govern, con el rechazo de partidos de izquierda y entidades sociales, que han presentado un recurso de inconstitucionalidad

Chalés en suelo rústico en Mallorca

Chalés en suelo rústico en Mallorca / DM

Iñaki Moure

Iñaki Moure

Numerosos propietarios de fincas rústicas en Calvià se han dirigido en las últimas semanas al Ayuntamiento para informarse sobre los pasos que deben seguir para acogerse a la amnistía urbanística aprobada por el Govern, con la oposición frontal de los partidos de izquierda y varias entidades sociales, que han anunciado la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra esta medida.

Con el objetivo de responder a este interés ciudadano, el alcalde de Calvià, Juan Antonio Amengual (PP), explicó ayer que el Consistorio ha elaborado una circular con información referente al trámite de la legalización y avanzó que se está trabajando también en una sencilla guía para que los vecinos y vecinas tengan más claro qué necesitan para acogerse a la medida. También está prevista una reunión informativa.

La amnistía urbanística está dirigida a aquellos propietarios que tengan edificaciones o usos ilegales, pero que hayan prescrito las infracciones urbanísticas. Es decir, las construcciones o usos que se realizaron sin la licencia correspondiente y que, por el tiempo transcurrido, ya no pueden ser sancionados. La carga de probar que la infracción ha prescrito recae íntegramente sobre el solicitante.

Fotografías aéreas

Para iniciar el trámite de legalización, los interesados deben presentar un proyecto que incluya, en primer lugar, un anexo que acredite la prescripción de las infracciones. Entre los documentos requeridos se encuentran fotografías aéreas que muestren la configuración volumétrica de la edificación.

Se requiere asimismo un certificado emitido por un técnico que acredite la fecha de finalización de las obras, la implantación del uso y que no se han realizado intervenciones posteriores que hayan podido afectar a la prescripción.

Igualmente, según puede leerse en la circular informativa elaborada por el Ayuntamiento, debe indicarse la normativa urbanística aplicable en el momento en que se cometió la infracción. Además, se pueden aportar otros medios de prueba admitidos en derecho, como certificados del Catastro o informes técnicos adicionales.

Rechazo automático

Se informa también de que hay varios supuestos en que la solicitud se rechazaría automáticamente, como edificaciones sujetas a expropiación, cesión obligatoria o demolición, aquellas situadas en dominio público, zonas de protección de carreteras, servidumbres derivadas de la legislación de costas o hidráulicas, así como urbanizaciones ilegales ya delimitadas en los instrumentos de planeamiento municipal o territorial.

El Ayuntamiento de Calvià recuerda que la legalización extraordinaria está sujeta al pago de tasas e impuestos, similares a los que se aplican a las nuevas construcciones. Además, se establece una prestación económica que varía según el año en que se solicite la legalización: 10% del coste de ejecución material si se solicita en el primer año; 12,5% si se solicita en el segundo año, y 15% si se solicita en el tercer año.

El Ayuntamiento tiene un plazo de seis meses para resolver y notificar la solicitud de legalización. Si no se emite una resolución expresa en ese tiempo, se entenderá que la solicitud ha sido estimada (silencio administrativo positivo).

Se recuerda, por otro lado, que las edificaciones legalizadas bajo esta amnistía no podrán destinarse a la comercialización de estancias turísticas vacacionales (ETV). Esta prohibición deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad en un plazo de tres meses.

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