Infracciones urbanísticas en Mallorca: Anulan el derribo de un chalet en Felanitx construido con licencia de caseta

El inmueble de dos plantas fue levantado en un terreno rústico protegido ubicado en el municipio ‘felanitxer’ - Cuando se descubrieron las obras terminadas la infracción ya había prescrito - El tribunal ha dado la razón a los propietarios

El ayuntamiento de Felanitx inició un expediente de infracción urbanística.

El ayuntamiento de Felanitx inició un expediente de infracción urbanística. / j.f.mestre. palma

Una sentencia ha paralizado el derribo de un chalet de dos plantas, ubicado en la localidad de Felanitx, que fue levantado con una licencia de caseta de aperos y que fue levantada en un terreno que además está protegido. El tribunal anula la orden dictada por el Consell de Mallorca, que descubrió la irregularidad de esta construcción. La orden la dictó la agencia de protección de la legalidad urbanística y territorial de Mallorca.

Esta vivienda es propiedad de una pareja. Eran propietarios de una finca ubicada en el término municipal de Felanitx. En el año 1986 solicitaron autorización para construir una caseta de aperos, que fue aprobada por el Ayuntamiento de la localidad.

Tres años más tarde los propietarios volvieron a solicitar una segunda licencia. Esta vez pretendían construir una vivienda en este terreno, si bien el Consistorio la denegó.

La sentencia explica que en el año 1991 entró en vigor en Balears la denominada ley de espacios naturales, con la que se protegía determinados espacios, entre los que se incluía el terreno de Felanitx. Esta ley prohibía levantar cualquier tipo de construcción, teniendo en cuenta además que se trataba de un terreno rústico protegido.

La falta de permiso no detuvo a los propietarios, que siguieron con su plan de construir su vivienda en este terreno, partiendo de la licencia de la caseta de aperos. Para ello contrataron a un abogado para que diseñara el inmueble y a un constructor para que desarrollara el proyecto.

A pesar de que se trató de un proyecto importante, nadie del Ayuntamiento se dio cuenta del desarrollo de las obras. No fue hasta el año 1997 cuando el celador municipal, en una visita por la zona, comprobó la existencia de una importante vivienda, de dos pisos de altura, en esta parcela protegida.

Ante esta situación el Ayuntamiento inició un expediente de protección de la legalidad urbanística. En la investigación se comprobó que las obras se habían realizado con anterioridad a la entrada en vigor de la ley de protección de espacios naturales. Por tanto, la infracción urbanística había prescrito. Es decir, el Ayuntamiento no podía proceder a la demolición de la finca. No tuvo más remedio que archivar el expediente. Esta decisión fue notificada por el ayuntamiento de Felanitx al Consell de Mallorca, que al no recurrirla mostraba su conformidad con el archivo.

Sin embargo, trece años después, en 2010, la Agencia de Disciplina Urbanística del Consell levantó un acta de inspección por las obras de construcción de esta vivienda. Se recabaron informes municipales y se estableció que entre 1990 a 1995 se habían realizado obras de ampliación sobre la licencia inicial, que solo permitía construir una caseta de aperos. El Consell investigó tanto a los propietarios del chalet de dos plantas, como el arquitecto que la diseñó. La decisión que adoptó la administración insular es que debido a que el inmueble estaba ubicado en un terreno protegido por la ley, se debía proceder a su derribo.

Los propietarios recurrieron esta decisión ante la Justicia y alegaron que el expediente de disciplina urbanística ya había prescrito. Por lo tanto, la orden de demolición del inmueble era ilegal.

El tribunal le ha dado la razón a los propietarios, porque entiende que la infracción urbanística había prescrito cuando fue investigada por el ayuntamiento de Felanitx. Cuestiona que en el momento del archivo del expediente el Consell de Mallorca no hubiera recurrido esta decisión municipal. Y sin embargo, más de diez años después hubiera iniciado otro expediente sancionador, que ha sido declarado nulo.

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