El sindicato UGT ha celebrado este martes que el juzgado contencioso administrativo número 2 de Palma ha dado la razón a UGT Servicios Públicos y ha declarado contrario a derecho el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Pollença de noviembre de 2019 por el que se modificaba la carrera profesional del personal del consistorio.

La sentencia considera “ilegal” el acuerdo recurrido por la organización sindical y obliga al Ayuntamiento a reconocer al personal interino los mismos derechos por cómputo de servicios prestados y fechas de efecto que al personal fijo. Así, se tendrán que reconocer derechos y cuantías económicas con efectos retroactivos al personal interino al que el ayuntamiento de Pollença “discriminó”, según el sindicato.

“Nos congratulamos de haber derrotado de nuevo en los tribunales al alcalde de Tots per Pollença, cuyas actitudes de cacique muestran decisiones erróneas que no han hecho más que menospreciar los derechos de los empleados públicos, faltar al respeto y, sobre todo, a la parte social en el desempeño de sus atribuciones sindicales en representación de los trabajadores”, se ha quejado UGT Servicios Públicos.

La resolución judicial deja claro que los trabajadores interinos deben tener los mismos derechos económicos que los fijos o de carrera y que no es procedente el “manoseo” de los derechos del personal público ejercido por el Consistorio de Pollença, que "ha tratado de discriminar al personal interino", señala el sindicato.

UGT Servicios Públicos ha lamentado que las arcas públicas del pueblo de Pollença tengan que hacerse cargo de los gastos judiciales que supone un contencioso.

“El pago del contencioso únicamente deberían abonarlo de su bolsillo los responsables municipales, ya que han generado esta situación con conocimiento de causa y por su total desprecio a las reglas de juego. Son actitudes indignas de la política en el año 2022”, ha concluido.