El GOB expresó este viernes su satisfacción por la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) de revocar la autorización turística del botel de Alcudiamar. La organización ecologista había presentado un recurso en la vía de lo contencioso contra la conselleria de Innovación, Investigación y Turismo, al entender que este “hotel para navegantes se ha acabado convirtiendo en un apartotel de cuatro estrellas, un uso no permitido por la Ley de Puertos y el plan especial del Port d’Alcúdia”.

Entre los argumentos que incluyó el GOB en ese recurso figuraba que la compañía no había “solicitado ni tampoco obtenido la licencia municipal de obras, apertura y funcionamiento de un hotel de cuatro estrellas, quebrantando la condición prevista en la autorización concediddia en 2003 sin que la conselleria de Turismo haya requerido nunca el cumplimiento”.

Igualmente, la parte recurrente esgrimió que, en una sentencia previa, dictada en 2000, el TSJB refería que la concesión inicial de 1988 y la modificación que se hizo posteriormente “contemplaba el uso de alojamiento de escuela de vela y navegantes, no de hotel-apartamentos”.

Con estos argumentos, la organización ecologista requirió la revocación o la anulación de la autorización turística, por considerar que había entrado en funcionamiento sin las preceptivas licencias municipales, vulnerando lo estipulado en la Ley General Turística de Balears.

Finalmente, el Tribunal Superior de Justicia de Balears ha declarado “sin efecto ni eficación jurídica” la autorización concedida por la conselleria de Turismo en 2003 y su posterior modificación, instando al Ejecutivo autonómico a adoptar las medidas pertinentes en torno al botel de Alcudiamar.