Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Patrimonio

El Supremo da la razón a Santa Maria sobre la titularidad municipal del camí de Es Cabàs

El Tribunal desestima el recurso presentado por la propiedad contra una sentencia del TSJB que avalaba la inscripción de la ruta en el inventario de bienes públicos del municipio

Un grupo de activistas a favor de la recuperación del camino de Es Cabàs.

La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo dictó el pasado 21 de diciembre una providencia mediante la que rechaza la admisión a trámite del recurso de casación presentado por la sociedad propietaria de la finca de Es Cabàs contra una sentencia anterior del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que a su vez confirmaba el acuerdo del ayuntamiento de Santa Maria adoptado en septiembre de 2014 para inscribir el camí de Es Cabàs dentro del inventario de bienes municipales de titularidad pública.

De esta forma, el Tribunal Supremo confirma esta inscripción y da la razón al ayuntamiento de Santa Maria en su intento de recuperar para el patrimonio público municipal el camí de Es Cabàs que conecta Bunyola y Alaró pasando por el camino de Coanegra. La resolución del Supremo es firme e impone las costas procesales a la parte recurrente, con un límite cuantitativo máximo de mil euros más IVA.

En una providencia muy técnica, el Supremo acuerda la inadmisión a trámite del recurso de casación presentado por la sociedad Aimerit S.L.U. al considerar que incumple las exigencias que la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa impone al escrito de preparación, al que la resolución judicial achaca una «falta de fundamentación suficiente». Además, también destaca que el recurso, en los términos redactados, «carece de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia» y pretende «la obtención de un pronunciamiento ‘ad casum’, lo cual resulta incompatible con el vigente sistema casacional de marcada vocación nomofiláctica y de generación de jurisprudencia uniforme». En este sentido, el Supremo recuerda que las cuestiones de hecho y su valoración probatoria «están excluidas de la casación».

La providencia del Tribunal Supremo supone un capítulo más del largo proceso judicial para determinar la titularidad del camino de Es Cabàs, gran parte del cual se ha borrado del mapa. El conflicto se inició en 2014, cuando Santa Maria aprobó la incorporación de la ruta a su inventario de caminos después de haber documentado de forma exhaustiva su titularidad pública. El Consistorio argumentó entonces que «se puede determinar que si el camino es público dentro de los municipios de salida y llegada (Bunyola y Alaró), también lo es en el tramo intermedio que transcurre por Santa Maria».

Esta decisión fue recurrida por la propiedad de Es Cabàs, aunque el juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Palma desestimó el recurso a finales del pasado año 2019 en una sentencia que daba por válida la documentación aportada por los técnicos municipales y del Consell de Mallorca que constataban la existencia de un camino de uso público que aparece en diversos tratados antiguos, como el del Cardenal Despuig. 

La sociedad propietaria de la finca volvió a recurrir esta sentencia ante el TSJB, que desestimó el recurso de apelación en marzo del pasado año 2021 y confirmó que el ayuntamiento de Santa Maria podía incluir el camino en su inventario «como resultado del ejercicio de la potestad de investigación de sus bienes». Finalmente, el nuevo recurso presentado ante el Tribunal Supremo también ha sido desestimado.

Compartir el artículo

stats