Un total de 338 amarristas de Baleares (111 en Mallorca), de los puertos de Andratx, Banyalbufar, Ciutadella, s´Estanyol, Fornells, Portocolom y Sant Antoni de Portmany, en Ibiza, tienen hasta el 31 de diciembre por solicitar una nueva autorización si no quieren perder sus derechos de uso, tal y cómo indica el Decreto 11/2011, de 18 de febrero, informa el Govern

En concreto, esta normativa establece que cada tres años los titulares de los amarres están obligados expresamente, sin previo aviso, a solicitar la renovación de las autorizaciones de los amarres. Por puertos, deben renovar 25 amarristas del Port d'Andratx; 22 de Banyalbufar; 116 en el de Ciutadella; 13 en el de s’Estanyol; 29 en Fornells, 51 en Portocolom y 82 en el puerto de Sant Antoni de Portmany.

Este año, por primera vez, el procedimiento se simplifica sensiblemente con el objetivo de agilizar la tramitación de las nuevas autorizaciones. En este sentido, la persona interesada, podrá indicar directamente en la solicitud que está de acuerdo con las condiciones generales para el otorgamiento de las autorizaciones de amarre.

De esta forma, no será necesario enviarle al interesado un trámite de audiencia con las condiciones y recibir de su parte la aceptación de las mismas. Al eliminar este paso, se podrá proceder directamente a la emisión de la autorización, una vez que se ha comprobado que no se han producido cambios ni se han incumplido las condiciones de autorización, y que se está al corriente del pago de las tasas portuarias. Las mencionadas condiciones generales se pueden consultar en la web de Ports IB en el trámite correspondiente.

También para facilitar el procedimiento y como medida sanitaria preventiva, Ports IB anima a los usuarios a realizar el trámite de forma telemática desde la sede electrónica del ente público: https://portsib.sedelectronica.es/info.0

En cualquier caso, para los usuarios que prefieran realizar su solicitud de forma presencial, se recuerda que la documentación deberá presentarse en la oficina central de Ports de les Illes Baleares (C / Vicente Tofiño, 36. Coll d'en Rabassa) o en cualquier otra de las formas que establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas en su artículo 16.4, siempre antes del día 31 de diciembre de 2021. Esta renovación es importante para los beneficiarios de un puesto de amarre ya que en caso de no ejercer su derecho preferente o hacerlo fuera de plazo, perderían automáticamente su plaza.