El Juzgado nº 1 de lo Contencioso-Administrativo de Palma condena al Ayuntamiento de Binissalem tras declararse "localidad antitaurina", decisión recurrida por la Fundación Toro de Lidia en 2016. El juez le condena al pago de costas, lo que supone unos 2.500 euros.

La declaración tuvo lugar en el pleno ordinario celebrado el tres de noviembre de 2015. El Ayuntamiento estaba presidido en esos momentos por el popular Jeroni Salom, aunque el PP se encontraba en minoría, la propuesta partió del PSOE a instancias de Mallorca Sense Sang. Recibió el voto de los demás grupos de la oposición: Més y Unió per Binissalem.

El equipo de gobierno votó en contra de la declaración como municipio "antitaurino y contrario a las corridas de toros" pero perdió la votación. La propuesta aprobada comprometía al Ayuntamiento a solicitar una nueva Ley de Protección Animal que "prohibiese cualquier espectáculo con toros".

El exalcalde Jeroni Salom explica que "esa moción se había presentado la legislatura anterior y la perdieron; esperaron a presentarla de nuevo la siguiente legislatura aprovechando la minoría del PP. Yo les dije que eso desvirtuaba el criterio de la institución, pero insistieron en ello. Ahora nos encontramos que por una chulería el pueblo debe pagar".

La sentencia, de día 22 de julio de este año, dictamina que el Ayuntamiento binissalemer no se limitó a realizar una mera expresión ideológica (principal argumento empleado por el Consistorio para justificarse) sino que se trata de una declaración "con efectos prácticos y contrarios a la Ley".

Asimismo, el Juzgado recalca en la sentencia que los ayuntamientos carecen de competencia en materia de espectáculos taurinos y recuerda la dictada por el Tribunal Constitucional que anulaba la Ley catalana 28/2010 y manifestaba que es competencia del Estado la preservación del patrimonio cultural común, condición que las corridas de toros tienen atribuida por ley.