La Audiencia de Palma ha impuesto una condena de siete años de inhabilitación para empleo o cargo público para Margarita Consolación Mulet Cañellas, exsecretaria del Ayuntamiento de Sineu, que en la actualidad trabaja en el consistorio de Puigpunyent.

Margarita Mulet, que hace años ya fue condenada por realizar llamadas telefónicas privadas a Cuba desde el teléfono del Ayuntamiento de Bunyola, donde también trabajó de secretaria, había sido condenada en el mes de marzo de 2008 por una demanda dictada en un juzgado de primera instancia.

En este pleito civil se le condenó a pagar 9.493 euros de principal, más intereses que sumaban otros 2.847 euros. El juzgado acordó la ejecución de esta sentencia, y para ello se ordenó al Ayuntamiento el embargo de la nómina de la secretaria del Ayuntamiento. Se solicitó que se le congelara una parte proporcional de sus emolumentos hasta hacer frente al pago de la indemnización.

El Ayuntamiento no acató de inmediato la orden. De hecho, el juzgado tuvo que enviar varias notificaciones, hasta el extremo de que se apercibió de que ese podría cometer un delito de desobediencia a la autoridad judicial y de falta de colaboración con la administración de Justicia si no se procedía de inmediato el embargo de la parte proporcional del sueldo de la secretaria del Ayuntamiento.

Este escrito llegó al Consistorio en noviembre de 2010. Al mes siguiente, el Consistorio fue embargando unas cantidades de unos 650 euros al mes a Margarita Mulet.

Según declara probado la sentencia, la acusada, que era conocedora de la orden judicial, para reducir el importe de las retenciones de su sueldo envió un escrito al Departamento de Nóminas de la Mancomunitat Pla de Mallorca. Este documento oficial tenía el membre y sello del Ayuntamiento de Sineu y fue firmado por ella misma en su calidad de secretaria interventora.

En el escrito, detallando un artículo de una ley, se señalaba que a partir de esa fecha y hasta nueva orden, la nómina solo tendría una retención de 300 euros al mes.

La Mancomunitat del Pla de Mallorca se encargaba de elaborar las nóminas a través de los datos e instrucciones que le enviaba cada Ayuntamiento. De este modo, a partir de la orden enviada desde Sineu se procedió a reducir el embargo de 300 euros. Ello se prolongó hasta que el propio alcalde de Sineu tuvo conocimiento de la situación y remitió de nuevo un escrito a la Mancomunitat solicitando dejar sin efecto la comunicación de la secretaria Mulet.

La acusada dijo que el escrito que había enviado no tenía ningún efecto, ya que lo escribió como trabajadora del Ayuntamiento y no como secretaria, y que la única autoridad para ordenar que se redujera el embargo era el alcalde. Sin embargo, el tribunal rechaza esta línea de defensa y recuerda que la acusada se encargó de que el escrito que envió a la Mancomunidad del Pla llevara el membrete y sello oficial del Ayuntamiento de Sineu.

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