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Tribunales

Archivan la causa judicial que provocó la marcha del PP del exalcalde de Alaró

El juez no aprecia indicios de presunto acoso laboral de Joan Simonet y otras dos personas a una trabajadora del Ayuntamiento

El exalcalde Joan Simonet, a la derecha, junto a su 'delfín' en la política local, Llorenç Perelló. b. noguera

El juzgado de instrucción número 3 de Incaemitió un auto el pasado lunes día 7 mediante el que decreta el sobreseimiento provisional de la causa judicial por presuntos delitos de acoso laboral y contra los derechos de los trabajadores que una trabajadora municipal de Alaró presentó el pasado año 2015 contra el exalcalde de la localidad por el PP, Joan Simonet, y otras dos personas del Ayuntamiento.

El juez considera que "no existen indicios suficientes" para "enlazar causalmente la conducta de los investigados con los trastornos sufridos por la querellante y menos aún para determinar que los concretos comportamientos de los investigados puedan calificarse de trato hostil y humillante, constitutivo del acoso laboral que tendría reproche penal". No obstante, reconoce que "la falta de concreción de las condiciones laborales óptimas para la querellante pudieran haber acrecentado la ansiedad y el daño psíquico padecido".

La imputación de Simonet en esta causa a pocos meses de las elecciones de 2015 fue determinante para que el exalcalde, que acumulaba otra imputación, decidiera abandonar el PP, ya que el código ético del partido dirigido entonces por José Ramón Bauzá impedía a los candidatos estar imputados en alguna causa judicial. Simonet optó entonces por disolver la junta local del PP para formar un nuevo grupo independiente, Junts per Alaró, que a pesar de ser el más votado ha estado en la oposición esta legislatura debido a un pacto entre PSOE y Més.

Finalmente, el citado partido ha vuelto a integrarse en el PP, que volverá a presentarse a las elecciones municipales con sus propias siglas. Joan Simonet, alcalde entre 2007 y 2015, abandonó la política local poco después de las pasadas elecciones para ejercer de gerente de la asociación agraria Asaja.

El inicio de la causa se remonta al año 2015, cuando una trabajadora de la limpieza del ayuntamiento de Alaró se querelló contra Simonet y otras dos personas que ejercían cargos municipales por los presuntos delitos de acoso laboral y contra los derechos de los trabajadores.

Presuntas lesiones psíquicas

El reciente auto judicial se debe al recurso de reforma presentado por la trabajadora denunciante contra un anterior auto de agosto de 2015. La querellante solicitaba el dictado de auto de continuación del procedimiento por los trámites del abreviado en relación con la querella presentada y por los delitos de acoso laboral que habrían derivado en lesiones psíquicas.

La trabajadora ejercía como empleada de la limpieza en el ayuntamiento de Alaró y era delegada sindical desde 2011. También fue nombrada como coordinadora del servicio de limpieza, cargo del que cesó en julio de 2012 a raíz de un escrito del resto de trabajadoras del mismo servicio.

El auto judicial niega la existencia de acoso laboral contra ella porque para que se dé esta circunstancia el presunto acosador debe tener una situación de superioridad jerárquica con respecto al acosado. En este caso, el juez destaca que tanto las trabajadoras de la limpieza, con quienes la querellante tenía una "mala relación", como una de las querelladas eran "subordinadas" de la denunciante y no al revés.

El auto constata también que las denegaciones en relación al disfrute de horas sindicales o de cursos de formación por parte de la denunciantre que constan en la querella "aparecen justificadas en las resoluciones administrativas aportadas".

Además, del informe sobre los exámenes médicos realizados a la querellante "se deduce que sus dolencias comenzaron con anterioridad a los hechos que describe en la querella y están relacionadas también con conflictos familiares, por lo que no se acredita tampoco una relación de causalidad entre estos y los hechos ocurridos".

El auto no condena en costas a la parte querellante.

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