La construcción del futuro Punto de Atención Continuada (PAC) de Pollença seguirá su camino administrativo después de que el juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Palma haya desestimado la petición que habían formalizado Tots per Pollença, PP y Martí Roca (regidor no adscrito) para que se adoptaran medidas cautelares de suspensión del proceso administrativo.

En concreto, los representantes de la derecha municipal habían impugnado una resolución del Ib-Salut mediante la que se aceptaba la cesión municipal del solar de Can Conill para construir el centro sanitario al entender que esta medida desobedece el mandato del pleno de Pollença, que el pasado mes de febrero apoyó, gracias al voto favorable del regidor de UMP, miembro del equipo de gobierno, una moción conjunta de la derecha a favor de que el PAC se construya en el solar de Can Bach, adquirido recientemente por el Ayuntamiento con el objetivo de habilitar aparcamientos.

El auto dictado por el juzgado el pasado 26 de junio rechaza la adopción de medidas cautelares y condena a los recurrentes a pagar las costas con una cantidad simbólica que no exceda los cien euros.

Falta de requisitos legales

La interlocutoria considera que en este caso no concurren los requisitos legales para que el juez adopte medidas cautelares, el "principio de mora procesal" y la "apariencia de buen derecho". El auto argumenta que en la solicitud formalizada por los tres representantes de la oposición municipal "no obra la acreditación del peligro de mora procesal" porque "se limita a alegar perjuicios para la ejecución de la sentencia que en su día se dicte, pero no se especifica cuáles son tales perjuicios ni se acredita su contenido, refiriéndose a cuestiones propias del fondo de la controversia y ajenas a la presente sede cautelar".

El juzgado considera que como no se ha acreditado peligro de mora procesal en la solicitud, "cuya prueba corresponde al solicitante", tampoco se hace precisa una valoración de la apariencia de buen derecho. Por tanto, "la concurrencia de los requisitos impone que, carente de uno, deba rechazarse la solicitud".

Los recurrentes tienen ahora un plazo de quince días para presentar un recurso de apelación.

A pesar de que el juzgado no ha aceptado las medidas cautelares solicitadas por los recurrentes, sí admitió a trámite hace unas semanas el recurso que habían presentado los tres políticos el pasado 15 de mayo para impugnar la resolución del Ib-Salut.

El alcalde de Pollença, Miquel Àngel March, valora de forma positiva la decisión judicial de rechazar las medidas cautelares y acusa a la derecha de "pretender que sea inviable que Pollença tenga un PAC nuevo y en condiciones". March cree que "no se entendería que un equipamiento sanitario tan necesario para el municipio se paralizase".