Junts x Alaró protesta por "la retirada del Ayuntamiento de la causa penal" que se seguía contra Lorenzo Ordinas y Matías R. por "la construcción ilegal de una vivienda en la falta del puig d'Alaró".

Llorenç Perelló, portavoz de JxA, especifica que , "no consta en el registro general del Ayuntamiento ningún escrito con registro de salida dirigido a los Juzgados penales de Palma sobre la renuncia a las acciones penales y civiles. La orden de renuncia de las acciones penales y civiles fue dada por el alcalde de forma verbal a los servicios jurídicos municipales. No consta dentro del expediente ningún informe que justifique o avale esta decisión del alcalde. La comparecencia del mismo ante el Juzgado Penal número 4 consta como último documento del expediente municipal; la comparecencia se llevó a cabo el 27-12-17 y está después de documentos del 27-03-18".

JxA sostiene: "Nos encontramos ante una retirada de la denuncia penal por infracción urbanística en suelo rústico protegido que no se adecua, en ningún caso, a motivaciones técnicas ni jurídicas sino que responde a la voluntad del alcalde.

Según el portavoz: "No se entiende cómo un alcalde decide de forma unilateral retirar una demanda penal cuando está claro que estaba justificada la acusación puesto que el ministerio fiscal ha continuado con ella: cualquier actuación administrativa tiene que tener un fundamento, no la voluntad del gobernante de turno". Además, añade: "Nos encontramos ante un alcalde que tenía que ser el garante de la legalidad y el buen hacer pero ha demostrado que él cree tener la verdad absoluta. Es muy grave que el alcalde actúe de este modo con según qué infractores y después pare algunas obras menores porque han hecho una pared más de lo presupuestado, o lleve un retraso de más de un año en la concesión de licencias de obras".

El caso

Lorenzo Ordinas y Matías R. se declararon culpables el pasado martes en Palma de un delito contra la ordenación del territorio por hacer unas obras ilegales, en 2006, en un almacén agrícola situado en la falda del Castell d'Alaró y en una zona declarada Área Natural de Especial Interés (ANEI). La construcción fue denunciada en su día por tratar de convertir la caseta agrícola en una vivienda, un extremo que no quedó acreditado en el juicio.

La jueza Francesca Ramis juzgó a cinco personas en relación a esta causa, que se inició en octubre del 2006. La vista oral empezó con varias cuestiones previas planteadas por las defensas de los cinco acusados, los dos que fueron finalmente condenados, la representante de la empresa propiedad de la finca, un arquitecto y una arquitecta técnica. Las defensas reclamaron la prescripción de los hechos o la nulidad de la causa por supuestas indefensiones durante la larga instrucción el caso.