La empresa Cespa, que quedó clasificada en segundo lugar en el concurso de adjudicación del servicio público de recogida domiciliaria de residuos de Inca, ha presentado un recurso especial en materia de contratación ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales contra el acuerdo del pleno de Inca que el pasado mes de junio adjudicó el citado servicio a la UTE formada por Lumsa y Amer e Hijos al considerar que esta unión de empresas presentó una oferta "trufada de incumplimientos sumamente relevantes que afectan a los medios materiales adscritos" y que, sin embargo, "no han dado lugar a la exclusión de su oferta".

Por este motivo, la empresa solicita al citado tribunal que acepte su recurso y proceda a la "suspensión automática" del expediente de contratación, que considera "contrario a derecho", y se acuerde la "retroacción del procedimiento al proceso de valoración que deberá realizarse conforme a las previsiones de los pliegos y previa exclusión de la oferta de la UTE Lumsa-Amer e Hijos S. A."

La entidad Cespa cree que si se estiman sus alegaciones podría resultar adjudicataria del servicio, ya que quedó en segundo lugar.

En el recurso, la citada compañía asegura que la UTE ganadora del concurso ha incumplido una premisa del pliego que supondría un motivo de exclusión porque coloca a la UTE "en una situación de ventaja competitiva contraria al principio de igualdad". En concreto, se refiere al modo en que las citadas empresas han procedido en relación con la amortización de los medios materiales incluidos en su oferta. En este sentido, reprocha a la UTE que en la documentación presentada se aprecia una "falta de coherencia entre la oferta económica y el estudio económico", algo que el pliego establece como causa de exclusión.

Así, la comparación de la tabla de amortización de los vehículos adsritos al contrato con el estudio económico que sirve de base a los precios unitarios del servicio incluye "múltiples incoherencias que suponen un incumplimiento flagrante de la obligación del pliego de amortizar los vehículos adscritos en exclusiva al contrato en el plazo de ocho años de duración del mismo". Además, también denuncia que en otros casos "el estudio económico no prevé ningún coste de amortización".