La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha condenado al Govern a indemnizar con casi 7,5 millones de euros a la empresa Pelaires S.L., propietaria de unos terrenos en Biniorella (Andratx) que fueron desclasificados en 2008 para su protección. Se trata del segundo fallo en unos días que estima reclamaciones de fallidas promotoras contra la Administración Autonómica, que declaró a esos terrenos área natural de especial interés (ANEI) cuando eran suelo urbano.

La primera sentencia conocida fue dictada en favor de la empresa s'Illeta Camp de Mar, a la que el TSJB ha reconocido el derecho a una indemnización de 19,2 millones de euros por haber perdido la posibilidad de construir en unos terrenos de Biniorella.

La segunda sentencia estima la demanda de Pelaires S.L., que poseía en ese paraje de Andratx cuatro parcelas de 10.650 metros cuadrados y una zona deportiva privada de 12.800 metros cuadrados situada en la misma manzana.

Estos terrenos pasaron de ser suelo urbano a suelo rústico protegido (ANEI) por efectos de la Ley Balear 4/2008 de Medidas Urgentes para un Desarrollo Territorial Sostenible. Esta norma introdujo cambios en anteriores leyes proteccionistas del medio ambiente y calificó como áreas de especial protección algunas zonas que eran suelo urbanizable.

Hitos de la urbanización

La sentencia menciona todos los hitos del proceso de urbanización de Biniorella, cuyo primer plan de urbanización se aprobó el 9 de julio de 1959. La zona contaba con Plan Parcial y proyectos de urbanización de dos fases. Los terrenos objeto de demanda se hallaban en la segunda fase y se hallaban "dotados de la totalidad de servicios urbanísticos". La promotora también había cedido al Ayuntamiento de Andratx todos los terrenos que marcaba la normativa.

La sentencia menciona la existencia de otros dos recursos (además de los dos ya fallados en favor de las promotoras) sobre fincas desclasificadas de Biniorella.

Unos arquitectos emitieron un dictamen donde se certifica que todos esos terrenos de los cuatro recursos constituyen suelo urbano. Ese informe hace prever que el TSJB estime también las reclamaciones de las otras dos promotoras.

El Govern, entre otros argumentos desestimados por la sala, afirmó que las obras de urbanización en las parcelas de Pelaires S.L. fueron ilegales, extremo rechazado por el tribunal. El fallo puede recurrirse al Supremo.