Una sentencia del pasado 4 de julio del juzgado de lo contencioso-administrativo número 3 de Palma desestima el recurso interpuesto por la representación legal de Alfonso Cortina contra el decreto de alcaldía de Pollença de 18 de agosto de 2015 que ordenó a la propiedad el inmediato cese del uso de la vivienda de Formentor, así como el corte de suministro de agua y electricidad, por falta del título de habitabilidad.

El fallo judicial considera que el decreto de alcaldía "se adecua al ordenamiento jurídico" y que no guarda ninguna relación con el litigio sobre la legalización de la propiedad, sobre la que el mismo juzgado se ha pronunciado a favor de los intereses del empresario Cortina en un auto también fechado el día 4. El juez acepta los argumentos municipales en el sentido de que la mansión de Formentor no tiene el título que habilita el uso de la vivienda y que el Ayuntamiento se limitó a solicitar una medida cautelar, ya que "es requisito ineludible contar con licencia de primera ocupación para poder hacer uso de la vivienda". El fallo confirma que la propiedad no dispone del título habilitante, por lo que Cortina no podrá usarla hasta que tenga estos permisos.

Por otra parte, los servicios jurídicos del ayuntamiento de Pollença recurrirán el auto del juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Palma que anula el decreto de alcaldía de mayo de 2015 mediante el que se denegaba la licencia de legalización a la mansión del empresario.

El auto judicial considera que el citado decreto de alcaldía "incurre en infracción del ordenamiento jurídico" y declara el derecho de la propiedad a obtener la licencia "previa adaptación de la obra ejecutada a la normativa en materia de cubiertas", lo que significa que el empresario deberá habilitar una cubierta inclinada con tejas árabes para adaptarse al PGOU.

Respecto a la altura de la edificación, el juzgado resuelve que el edificio no supera la altura máxima de ocho metros, por lo que se ajustaría al PGOU. También considera que el impacto ambiental ha sido "notablemente reducido".

Fuentes del Ayuntamiento explicaron que el auto "es contradictorio" con la sentencia que obligaba a demoler la casa.