El Ayuntamiento de Inca ha elaborado una nueva ordenanza para la tenencia de mascotas que incluye importantes novedades como la creación de un censo municipal en el que se encuentren identificadas. Àngel Garcia, concejal de Medio Ambiente, explica que "no se trata de una medida de imposición, sino de una herramienta que ayude a mejorar tanto la tenencia por parte de los dueños como la convivencia con el resto de ciudadanos".

Una de las principales innovaciones es que en el censo de animales de compañía se deberá incluir el ADN de la mascota extraído de una muestra de sangre.

García explica que "se trata de una medida encaminada a poder identificar a un animal ente diversas situaciones como puede ser un accidente, una fuga o por deposiciones incontroladas por el propietario". De todas formas el edil explica que "esta ordenanza se aprobará en el pleno -que tendrá lugar mañana-pero se someterá a exposición pública para que se puedan presentar las alegaciones que los ciudadanos encuentren pertinentes".

Chip

La obligación de que perros y gatos estén censados y con su ADN especificado no libera a los propietarios de la instalación del chip obligatorio en el caso de los cánidos.

La nueva normativa obligará a todos los propietarios de perros a mantenerlos sujetos con una correa y un collar en espacios públicos no habilitados específicamente para mascotas. Pero, además, los propietarios deberá obtener una placa municipal de identificación de animal y éste deberá lucirla en el collar.

El documento aborda también el control de las colonias de gatos asilvestrados. Recientemente el Ayuntamiento ha suscrito un acuerdo de colaboración con una asociación para mantener las colonias actuales en un buen estado de salud y controladas. Por ello el nuevo reglamento prohíbe que las personas, no autorizadas expresamente por el Ayuntamiento o las entidades colaboradoras del programa, alimenten a los animales callejeros.

Garcia explica que "existen colonias de gatos establecidas en diferentes puntos de la ciudad. Estos animales ayudan a mantener a raya a los roedores pero nosotros también hemos de evitar que puedan estar enfermos o proliferen de forma excesiva. Por eso no se permite alimentarles indiscriminadamente y especialmente darles sobras de comida, pues eso en lugar de ayudar fomenta la proliferación de insectos o roedores".

Limitación

Otra de las grandes novedades es la limitación del número de mascotas por vivienda. En el caso de perros y gatos (u otros similares) se permite únicamente la tenencia de tres animales por vivienda; pudiendo llegar hasta cinco animales en el caso de que se trata de un inmueble unifamiliar, no aislado. Prevé la posibilidad de ampliar o reducir estas cifras en casos concretos y en según que circunstancias especiales. Se indica que los balcones y terrazas sin cubrir no pueden ser habitáculos permanentes de los animales.