Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Santa Maria

Un juez prohibe a los dueños de un bar explotar negocios de hostelería

Les condena a 6 meses de cárcel por un delito contra el medio ambiente por contaminación acústica

Una sentencia del juzgado de lo penal número 7 de Palma ha condenado a los dos propietarios de un bar de Santa Maria a seis meses de cárcel y a un año de inhabilitación especial para la explotación de bares, cafeterías o cualquier establecimiento relacionado con la hostelería como responsables de un delito contra el medio ambiente en su modalidad de contaminación acústica. La sentencia condena también a los dueños del negocio a 10 meses de multa con cuota diaria de 10 euros y a pagar una indemnización de 10.000 euros que se repartirán los cuatro vecinos denunciantes. El fallo ha sido recurrido ante la Audiencia Provincial.

La condena es el resultado de las diferentes denuncias presentadas por una serie de vecinos del bar de Santa Maria debido a los ruidos generados por la actividad. El juzgado considera probado que entre 2011, antes incluso de contar con la preceptiva licencia de actividad, hasta 2015, los propietarios del bar han desarrollado en la terraza situada en un patio vecinal una serie de actividades "no amparadas por la referida licencia" como espectáculos de monólogos con micros, colocación de castillos hinchables para fiestas de cumpleaños o visionado de partidos de fútbol con altavoces.

Todas estas actividades se realizaron "sin respetar el descanso vecinal" mediante la emisión de ruidos "superiores a los permitidos para el horario diurno y sobre todo nocturno en el interior de las viviendas". Según la sentencia, los vecinos, que "presentaron numerosas quejas y denuncias ante el Ayuntamiento y la Policía Local", no podían "desarrollar su vida con normalidad". Se llevó a cabo una medición sonométrica en 2013 a costa de los afectados y en la que "se constató que el nivel sonoro en el dormitorio se veía incrementado debido a la actividad colindante en el bar", con niveles superiores a los permitidos.

Lesiones psíquicas

"Todas las quejas eran conocidas por los acusados, que pese a todo no adoptaron ninguna medida para limitar la emisión de ruidos, siéndoles indiferente la posibilidad de causar lesiones psíquicas a los afectados", apunta el fallo del juzgado palmesano. De hecho, una de las vecinas padece un trastorno ansioso depresivo del que sigue en tratamiento, mientras que su marido "ha tenido que terminar durmiendo con tapones". Los cuatro vecinos afectados coinciden en denunciar la escasa atención prestada por la Policía Local y por la entonces alcaldesa de Santa Maria, Rosa Vich, que les atendía "a desgana", según declaró una de las afectadas.

Los vecinos tuvieron que contratar a un ingeniero para realizar pruebas sonométricas porque el Ayuntamiento no les hacía caso. En este sentido, la sentencia recoge que la exalcaldesa "manifestó que el Ayuntamiento sí tiene aparato de sonometría pero que no hay un técnico que lo pudiera manejar".

El juez critica con dureza la "pasividad" demostrada tanto por la alcaldesa como por la Policía Local, que "no pudieron sino corroborar la multitud de llamadas, quejas y denuncias, lo que de por sí debiera haber dado lugar a que se montara un serio y discreto operativo para determinar qué pasaba en la terraza del bar". Sin embargo, la regidora y los agentes actuaron de forma "nada diligente", por lo que "se comprende" que el Ministerio Fiscal, en su informe final de conclusiones, "dijera que la Fiscalía se había planteado en su día, aunque no llegó a hacerse, formular una querella por prevaricación" contra Vich.

Los afectados aportaron como prueba una serie de grabaciones nocturnas realizadas en los veranos de 2012, 2013 y 2014 con un teléfono móvil. En al menos dos de ellas, el que graba "es increpado con los términos de 'hijo de puta' y 'calvo'", además de otros casos en los que los condenados "se burlan" de los vecinos afectados.

Cabe destacar que los denunciantes solicitaron la clausura del bar durante cinco años, pero el juez la descarta porque "no se ha acusado a la entidad propietaria del bar". Por contra, impone la inhabilitación para los acusados, que "no podrán regentar, directa o indirectamente" tanto el local de Santa Maria como cualquier otro negocio de restauración.

Compartir el artículo

stats