El juzgado de lo contencioso-administrativo número tres de Palma ha emitido una sentencia que avala la decisión del ayuntamiento de Inca de dar marcha atrás al proceso de privatización del servicio de suministro de agua potable en el municipio. El fallo judicial desestima el recurso interpuesto por la entidad Gestió d'Aigües d'Inca SLU, que resultó adjudicataria del servicio, contra la resolución municipal adoptada en el pleno de febrero de 2014 mediante la que renunció al cumplimiento del contrato de concesión de la gestión del servicio público y el acuerdo de abril de 2014 mediante el que la institución local desestimó el recurso de reposición presentado por la empresa contra el acuerdo plenario anterior.

El juzgado acepta los argumentos del Ayuntamiento en el sentido de que, durante el proceso de tramitación del expediente, las razones económicas esgrimidas por el anterior equipo de gobierno del PP para privatizar el servicio del agua "quedaron en entredicho" dos días antes de la celebración del pleno de diciembre de 2013 que debía aprobar la adjudicación del contrato. El motivo fue la publicación de la Ley Orgánica 9/2013 que introdujo una nueva disposición adicional a la Ley anterior de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad que permitía destinar el superávit financiero de las entidades locales a inversiones sostenibles. Por este motivo, todos los argumentos municipales que habían conducido a la decisión de privatizar el agua "quedaron desactivados".

La citada modificación legislativa implicó que el equipo de gobierno decidiese dejar en suspenso el dictamen de adjudicación a la espera del desarrollo normativo de la Ley 9/2013. La nueva regulación permite destinar una parte del superávit municipal a mejoras en el servicio del agua, por lo que ya no es necesario que una empresa externa ejecute las inversiones. Asimismo, el PP siempre vinculó la privatización a la necesidad de conseguir fondos para la reforma del Teatre Principal. En este sentido, la sentencia destaca que el Ayuntamiento "ha conseguido la financiación económica con recursos propios para afrontar la reforma del teatro", por lo que la privatización ya no es necesaria. Además, señala el fallo que la relación entre el servicio del agua y el teatro "no está plasmada en las actas y los acuerdos" y que debe entenderse "en el contexto de las manifestaciones políticas o de oportunidad".

"Oportunidad política"

La empresa adjudicataria decidió recurrir al considerar que los acuerdos municipales "vulneran el ordenamiento jurídico" y que el cambio de criterio responde a "motivaciones de oportunidad política, sin justificación válida". Por contra, el Ayuntamiento alegó que sus resoluciones "se ajustaban a la normativa aplicable" y destacó que el cambio de gestión en el servicio de aguas "estuvo envuelto de un intenso debate político y social y vino marcado por la falta de disponsibilidades presupuestarias que hacían inviable en su momento que el Ayuntamiento siguiese gestionando el servicio de forma directa". Sin embargo,los cambios en la situación económica y en el marco legal abrieron un nuevo escenario en el que "tocaba renunciar a la celebración del contrato en base a las previsiones legales".

La sentencia determina que la Ley prevé el supuesto de que entre el inicio de un procedimiento de contratación y el momento de su adjudicación "puedan cambiar las circunstancias y la Administración pueda variar su criterio". Según el juez, "no se puede calificar la decisión municipal de injustificada o irrazonable, ya que la motivación del acuerdo de renuncia es suficiente para cumplir las exigencias legales".

El alcalde de Inca, Virgilio Moreno (PSOE), valoró ayer de forma "muy positiva" la sentencia porque "garantiza que, mientres esté este equipo de gobierno, el servicio de agua en la ciudad de Inca seguirá siendo de gestión pública".