En una sentencia emitida el pasado martes, el Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) anula la servidumbre de acceso al mar a través del camino de Ternelles (Pollença) debido a que tanto Cala Castell como la ruta de acceso al Castell del Rei están ubicadas en una zona de exclusión según el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Serra de Tramuntana, por lo que no está permitida ninguna actividad recreativa.

El fallo judicial estima el recurso contencioso administrativo interpuesto en 2013 por Menani S. A., la sociedad que representa a la propiedad de Ternelles, contra la desestimación por parte del ayuntamiento de Pollença de una solicitud planteada por la citada empresa en noviembre de 2011 en la que se reclamaba al Consistorio la adaptación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) al PORN y que se suprimiera del planeamiento la posibilidad de constituir la servidumbre peatonal de paso en la finca de Ternelles. La solicitud no fue contestada por el Ayuntamiento, por lo que Menani S. A. decidió presentar el recurso que ahora ha sido aceptado. El fallo anula también el acto impugnado por "no ser conforme a derecho".

Aprobación del PORN

El TSJB acepta la argumentación de la propiedad de Ternelles en el sentido de que la aprobación del PORN en el año 2007 fue posterior al acuerdo del Consell que establecía las prescripciones para el acceso público al camino de Ternelles que también están plasmadas en el PGOU 'pollencí' y que "legitiman el paso de peatones por zonas de exclusión previstas en el PORN", lo cual está prohibido tanto por la Ley de Conservación de Espacios de Relevancia Ambiental y por el propio PORN. Como se recordará, en la actualidad Pollença permite el paso de un máximo de 20 personas al día a través de la finca de Ternelles.

El fallo acepta la existencia de una contradicción entre el PGOU y el PORN y establece que el documento urbanístico debe adaptarse a lo establecido en el plan ambiental "por ser éste un instrumento de superior rango".

Se da la circunstancia de que el camino de acceso a la playa de Cala Castell "discurre 65 metros por zona de exclusión en su tramo final". Asimismo, toda la zona limítrofe con la ribera del mar "es zona de exclusión, por lo que no es posible acceder al mar si no es cruzando esta zona". En lo que respecta al Castell del Rei, el camino de acceso "discurre durante 450 metros en zona de exclusión" y la propia fortaleza está ubicada en esta zona de máxima protección según el PORN de la Serra de Tramuntana, que define las zonas de exclusión como figuras fundamentales en la protección integral de los ecosistemas en las que están prohibidas las actividades recreativas y deportivas.

Según la sentencia, "el PORN ha comportado la contradicción entre este planeamiento y la servidumbre de acceso al mar contemplada en el PGOU, en lo que concierne a todo el espacio que discurre por zona de exclusión, ya que no es posible que el público en general acceda al ámbito espacial de la zona de exclusión y tanto la playa des Castell como la fortaleza se sitúan claramente en dicha zona". El TSJB valora que la Ley de Costas permite el uso público del mar y su ribera, pero "también es cierto que la propia Ley de Costas permite determinadas excepciones debidamente justificadas, y el PORN ha contemplado esta excepción al disfrute recreativo del mar en esa concreta zona".

Del mismo modo, el Plan Territorial de Mallorca contempla el acceso al Castell del Rei como una ruta cultural, pero "el uso recreativo y cultural que supone la visita a las ruinas de este castillo es un uso prohibido para esta zona dado su valor ecológico y medioambiental".

El TSJB recuerda que por Ternelles no discurre ningún camino público, tal y como se ha demostrado en las diferentes sentencias judiciales sobre este caso, por lo que "si desaparece la causa que justifica el reconocimiento de la servidumbre de paso para acceder al mar no existe razón alguna para mantener el derecho de paso al público por el camino que conduce a la fortaleza porque ese camino es privado".