Diario de Mallorca

Diario de Mallorca

Contenido exclusivo para suscriptores digitales

Santa Margalida

El juzgado tumba el proyecto de construcción de 32 viviendas junto a la iglesia por su elevado impacto

La sentencia da la razón al Ayuntamiento, que denegó la licencia presentada por un hermano del futuro alcalde Joan Monjo (Pi) al considerar que la promoción incumplía la normativa y limitaba la visión del conjunto

Fotomontaje en el que se aprecia el impacto que tendrían las nuevas construcciones junto a la iglesia.

Una reciente sentencia del juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Palma ha desestimado el recurso presentado por un promotor contra la denegación del ayuntamiento de Santa Margalida en 2008 de la licencia de construcción de un edificio plurifamiliar de 32 viviendas, un local comercial y un garaje en el entorno de la iglesia de la localidad. El fallo da la razón al consistorio 'margalidà' y considera que el proyecto urbanístico presenta un elevado impacto visual en el conjunto de la iglesia de Santa Margalida, además de romper la armonía del paisaje y desfigurar la perspectiva del mismo, entre otros motivos legales.

El promotor del proyecto inmobiliario es José Monjo Estelrich, hermano del actual regidor y futuro alcalde de Santa Margalida, Joan Monjo (Pi). Se da la circunstancia de que el equipo de gobierno que denegó la licencia de construcción al familiar directo de Monjo en noviembre de 2008 estaba presidido por Martí Torres (PP), actual alcalde y socio político del líder de El Pi en el municipio a merced del pacto suscrito entre ambos horas antes de la constitución del Ayuntamiento, el pasado día 13 de junio.

Impugnación

Una vez denegada la licencia, el promotor impugnó la orden municipal y solicitó que ésta se declarase contraria a derecho. Argumentó que el informe emitido por un arquitecto externo al Ayuntamiento no pudo ser tomado en consideración para motivar la denegación de la licencia porque el citado profesional independiente no tenía el carácter de técnico municipal. También alegó que se produjo una desviación de poder y negó que el proyecto incumpliese las Normas Subsidiarias de Santa Margalida, además de sostener que la licencia se había obtenido por silencio administrativo con anterioridad a la denegación municipal.

El Ayuntamiento, por su parte, alegó que la construcción "incide de manera directa en un paraje urbano de gran valor paisajístico" y argumentó que el informe externo solicitado "era necesario" para resolver el caso. También sostuvo que los informes técnicos municipales eran desfavorables al proyecto y que la conservación de la iglesia y de su entorno "imponen" la denegación de la solicitud de licencia de obras.

El fallo judicial comparte los argumentos del ayuntamiento de Santa Margalida y sostiene que la Administración puede acudir a informes externos además de emitir los propios. El juzgado desestima también el argumento del promotor en cuanto a la supuesta desviación de poder que había alegado al entender que la actuación municipal "ha sido ajustada a derecho, lo que descarta rotundamente que la demandada tuviera como objetivo privar al actor de forma deliberada de la obtención de la licencia".

La sentencia toma como referencia el dictamen elaborado por un perito judicial que concluye que el proyecto "rompe la armonía del paisaje y desfigura claramente la armonía del mismo". Por último, también descarta que la licencia se hubiera obtenido por silencio administrativo porque el proyecto "atenta contra la normativa urbanística", lo que excluye tal posibilidad ya que "en ningún caso se podrán adquirir por silencio facultades en contra de las prescripciones de las leyes, planos y demás normativa urbanística".

La resolución judicial admite la presentación de un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears.

Compartir el artículo

stats