La conselleria de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio del Govern aplaudió ayer la reciente sentencia del Tribunal Supremo que anula la indemnización de 1,6 millones de euros que, según un fallo anterior del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB), el ejecutivo debía pagar al propietario de tres parcelas en el núcleo de El Vilar (Pollença) por la desclasificación de este espacio en 2008, con la entrada en vigor de la Ley 4/2008 de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible.

Sin embargo, avisa de que en otros casos podría no correrse la misma suerte, ya que existen otras urbanizaciones que fueron desclasificadas en base a la misma ley que, a diferencia de El Vilar, contaban con servicios, por lo que los tribunales podrían dar la razón a los propietarios y condenar al ejecutivo a pagar cuantiosas indemnizaciones. Según ha asegurado el Govern en diferentes ocasiones, las reclamaciones por responsabilidad patrimonial derivadas de la citada Ley ascienden a 703 millones de euros.

Fuentes de la Conselleria aseguraron que "esperaban" la sentencia del Supremo en relación a El Vilar, en la que se ha estimado el recurso del Govern al entender que no debe pagarse a los propietarios de solares desclasificados como si los aprovechamientos estuviesen patrimonializados, sino solo por los gastos realizados. No obstante, las fuentes recordaron que en la parte desclasificada de El Vilar "no había servicios de nada", mientras que en otras urbanizaciones también protegidas en 2008 como Monport, Biniorella o Benirràs, entre otras, "sí existen servicios". Por ello, la Conselleria cree que el caso de El Vilar debe desvincularse de estos otros en los que sí existe peligro real de indemnizaciones millonarias.

La opinión del Ayuntamiento

El alcalde de Pollença, Tomeu Cifre (PP), también se felicitó por la sentencia del Supremo porque "sus argumentos coinciden con los municipales", pero avisó de que el problema de la urbanización de El Vilar no está solucionado. En este sentido, recordó que la parte de la urbanización que no fue desclasificada en 2008 no cuenta con servicios urbanos y el Ayuntamiento no puede aportarlos porque, según explicó Cifre, la desclasificación aprobada por el pacto de progreso en 2008 incluía una zona verde que era necesaria para que los solares no protegidos tuvieran los ratios de zona verde que marca la ley para que el Consistorio pueda realizar la dotación de servicios básicos.