­­La ley de reforma local en la que se embarcó esta legislatura el Gobierno de Mariano Rajoy estaba llamada a poner coto a esa figura de trabajador municipal que está en el punto de mira de recorte del gasto público desde que empezó la crisis: el personal eventual o, lo que es lo mismo, los cargos de confianza, cuyo nombramiento depende directamente de la autoridad municipal del momento. Para ello, Madrid estableció unos topes de asesores para cada ayuntamiento en función de su población.

Sin embargo, en la letra pequeña de la normativa -vía enmienda al proyecto de ley de racionalización y sostenibilidad de la administración local-, el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados ha matizado el tijeretazo a los cargos de confianza.

Así, en una enmienda a la disposición transitoria undécima, el PP ha propuesto que las limitaciones antes mencionadas no se apliquen a aquellos ayuntamientos que "cumplan con los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública".

Otra condición que se establece pasa por que esas corporaciones acrediten que su periodo medio de pago a proveedores no supera "en más de 30 días el plazo máximo previsto de la noramtiva de morosidad".

Según aparece reflejado en la enmienda, los consistorios que acrediten una situación saneada de sus arcas podrán mantener el número de puestos de trabajo de personal eventual respecto al que tenían a fecha 31 de diciembre de 2012. Eso sí, estas corporaciones no podrán aumentar esa cifra, si bien se les permitirá no someterse a los nuevos baremos establecidos por la ley de reforma local. La excepción a lo que dicta la nueva norma podrán mantenerla hasta el 30 de junio de 2015.

Organismo verificador

El organismo encargado de verificar que los ayuntamientos cumplen con esas condiciones económicas para optar a la exención será la secretaría general de Coordinación Autonómica y local del ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que publicará una lista de las entidades locales que están al día de los requisitos.

Los límites establecidos en la reforma de la ley local establecen que un municipio de menos de 5.000 habitantes no puede disponer de ningún asesor. Los que tengan entre 5.000 y 10.000, podrán contar son sólo uno, mientras que en la siguiente franja (entre 10.000 y 20.000 empadronados) se permiten dos cargos de confianza por corporación. Los municipios que cuenten con un padrón comprendido entre los 20.000 y los 50.000 habitantes podrán incluir en sus plantillas como mucho siete de estos cargos. En el caso de los ayuntamientos con un censo superior a los 50.000 residentes y no superior a los 75.000, el baremo que se utiliza es el del número total de regidores.

Así, en este caso, la cifra de asesores no podrá superar el de la mitad de concejales de la corporación. La normativa obliga también a los consistorios a que publiquen semestralmente en su página web y en el Boletín Oficial de la Comunidad el número de puestos de trabajo reservados a personal eventual

Municipios de la isla

Siguiendo la interpretación estricta de los baremos que marca la ley y al margen del efecto que pueda tener la aplicación de la mencionada enmienda, municipios como Calvià tendrían derecho a unos 12 asesores (el 50% del total de sus regidores).

Mientras, a ayuntamientos como los de Manacor, Llucmajor o Marratxí les corresponderían siete de estos cargos. Habría, además, más de una veintena de consistorios de la isla, con menos de 5.000 habitantes (Valldemossa, Esporles, Selva o Sencelles, entre otros), que no estarían facultados para contratar ningún asesor.