Alcúdia
La ordenanza de mercados sancionará la mala higiene de vendedores y puestos
La nueva normativa, ya en vigor, regula la organización de las diferentes actividades comerciales ambulantes que se celebran en la vía pública

Puestos de venta en la calle durante la última edición de la feria de Alcúdia. / V. Vives
J. Frau
La nueva ordenanza reguladora del comercio ambulante del municipio de Alcúdia contempla sanciones económicas para aquellos vendedores que incumplan las condiciones higiénicosanitarias que se especifican en la normativa y que emplaza a los titulares de puestos de venta a "cuidar su propia higiene personal" y a mantener los estands en óptimas condiciones de salubridad. La ordenanza, aprobada de forma definitiva por el ayuntamiento ´alcudienc´ y en vigor desde el pasado 7 de marzo, cuando apareció publicada en el boletín oficial, establece como una infracción grave el incumplimiento de las normas higiénicosanitarias, por lo que los infractores se enfrentarían a multas que oscilan entre los 150 y los 1.200 euros.
Asimismo, la normativa obliga a los vendedores de frutas y verduras a "usar ropa de trabajo" y a llevar una bata blanca o azul en el caso de la venta de productos hortofrutícolas. Al finalizar la jornada, los comerciantes están obligados a retirar los residuos que genera la actividad en sus respectivos puestos de venta con los medios que facilite el Ayuntamiento.
La ordenanza prohíbe, en general, la venta de determinados productos alimenticios como carne, pescado y marisco, leche certificada y pasteurizada, queso fresco, requesón, nata, yogures u otros productos lácteos frescos, pastelería rellena y adornada, productos del horno o artículos ahumados, entre otros productos. Estos artículos sólo serán autorizados en los mercados ambulantes si las autoridades competentes consideran que el vendedor en cuestión dispone de las instalaciones adecuadas para la venta.
La venta de productos de imitación de cualquier tipo de marca también queda totalmente totalmente prohibida.
Criterios de selección
La nueva ordenanza fija una duración limitada de las autorizaciones de venta, que no serán superiores a un año y sólo podrán prorrogarse para "permitir al titular la amortización de las inversiones directamente relacionadas con la actividad".
A la hora de obtener una licencia de venta, el ayuntamiento de Alcúdia valorará diversos requisitos como la experiencia, la disponibilidad de instalaciones desmontables, la tenencia del carnet de comerciante ambulante profesional, el número de personas dependientes del solicitante o estar libre de sanciones administrativas. Las dificultades para acceder al mercado de trabajo también puntuarán y las personas con algún grado de minusvalía tendrán prioridad.
Entre las obligaciones de los vendedores se citan el "uso de un buen lenguaje y tener un buen comportamiento entre ellos, el público y los representantes municipales", entre otros criterios.
La ordenanza diferencia entre el comercio en mercados ambulantes, el comercio ambulante en la vía pública y otros tipos de comercio ambulante como el que se realiza con motivo de fiestas populares. En el primer caso, se establecen los mercados de Alcúdia, que se celebrará los martes y los domingos, del puerto de Alcúdia, todos los viernes, y el mercado nocturno de verano, que se llevará a cabo de jueves a sábado en el paseo marítimo del puerto.
En el segundo caso, la ordenanza permite la actividad cada día entre mayo y septiembre.
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