­La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha iniciado una investigación contra el Ayuntamiento de Sóller sobre la cámara espía que fue colocada de manera ilegal en el aparcamiento dels Estiradors. El organismo estatal ha iniciado un procedimiento sancionador a raíz de la denuncia que presentó el colectivo Albaïna el pasado mes de septiembre.

El consistorio que preside Carlos Simarro (PP) instaló una cámara de vídeo tras los reiterados actos de vandalismo que tuvieron lugar en Sóller antes del atentado contra su coche. Con frecuencia y al caer la noche, los vándalos taponaban con silicona las ranuras de las máquinas expendedoras de tiques de la ORA. En alguna ocasión, rompieron las pantallas de los aparatos con martillos, las quemaron con sopletes o las rociaron con espray.

La solución que ideó el equipo de gobierno fue "un complejo plan de investigación, secreto y reservado" -en palabras de Simarro- para descubrir a los que atentaban contra las máquinas de la ORA. No obstante, el colectivo Albaïna descubrió la cámara y la entregó a los juzgados para denunciar al ayuntamiento por incumplir la Ley Orgánica de Protección de Datos.

Además de iniciar un procedimiento judicial, la asociación sollerica lo puso en conocimiento de la AEPD. La agencia debe determinar ahora si el ayuntamiento actuó bien pese a no cumplir presuntamente con los requisitos que marca la Ley Orgánica de Protección de Datos para instalar dispositivos de videovigilancia en la vía pública. El motivo de la discordia es que la cámara enfocaba hacia la calle, lo que exige una serie de requisitos que la entidad local no tuvo en cuenta.

El plazo que tiene la AEPD para emitir su veredicto es de un máximo de seis meses. Sin embargo, como que el denunciado es una administración pública, el organismo no podrá sancionarle con una multa económica.

La agencia ha notificado al colectivo Albaïna el inicio de la investigación a través de una carta. La asociación sollerica manifestó ayer que su voluntad es "llevar el caso hasta el final", ya que, "además de la presunta ilegalidad de la cámara espía colocada por el Ayuntamiento de Sóller, se suman las mentiras y la falta de transparencia del equipo de gobierno, y más concretamente del alcalde de Sóller, Carlos Simarro".

Albaïna aludía así al engaño que urdió el responsable del consistorio, que en un primer momento negó su implicación con la cámara. Dos semanas después, reconoció en rueda de presa que él dio la orden de colocarla y asumió "toda la responsabilidad". Simarro también admitió que las grabaciones fueron almacenadas y que la visualización de las imágenes se realizó, a su juicio, "de forma confidencial, reservada, secreta y garantizando el anonimato de las personas que aparecían en ellas".

Cuatro requisitos incumplidos

En primer lugar, según explicó la AEPD ayer a este diario, el ayuntamiento debería haber situado un rótulo informativo en el que indicase quién era el titular de la cámara espía y su dirección. Es decir, tendrían que haber colocado en un lugar visible una placa amarilla que informa que allí hay una cámara que está captando o grabando imágenes y de quién es el dispositivo.

Además, antes de instalar la cámara deberían haber solicitado permiso a la Delegación de Gobierno a través de un complejo procedimiento en el que también interviene el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Balears para garantizar que no se vulneran los derechos de los ciudadanos.

En el caso solleric, no existía rótulo alguno ni autorización previa. Incluso el alcalde Simarro llegó a afirmar que "no era necesaria la instalación de ningún cartel informativo al tratarse de un recinto municipal".

El tercer requisito legal es declarar la existencia de la base de datos con las imágenes grabadas por el ayuntamiento. Para ello, tiene que publicarse en el BOE o en el BOIB su creación. El caso de Sóller tampoco se ajusta a esta exigencia.

Y la cuarta obligación es inscribir la base de datos de imágenes en la AEPD. El Ayuntamiento de Sóller tiene 23 bases de datos declaradas. La mayoría tienen que ver con impuestos o trabajadores municipales, pero ninguna sobre grabaciones de vídeo.

La AEPD es un organismo de control y de sanción de carácter independiente. Su función es velar por el cumplimiento de la legislación sobre el derecho fundamental a la protección de datos personales.