­El Tribunal Supremo ha anulado una multa de 318.364 euros impuesta a la empresa concesionaria del tren de Sóller en 2008 por haber incurrido en un abuso de posición dominante en el mercado. La anterior sentencia que ahora anula el alto tribunal consideró que Ferrocarril de Sóller S. A. vendió plazas de forma preferente en el tren que une la capital mallorquina con Sóller a los pasajeros que contrataran una excursión marítima hasta la playa de sa Calobra con una empresa en particular.

En una sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo hecha pública ayer, se estima el recurso de Ferrocarril de Sóller respecto de la sentencia de la Audiencia Nacional de 2008 que ratificaba otra resolución del Tribunal de la Competencia multando a la empresa por malas prácticas.

En la sentencia de la Audiencia se avalaba la tesis del Tribunal de la Competencia de que la compañía abusó de su posición como concesionaria en exclusiva del ferrocarril de servicio público entre Palma y Sóller, y del tranvía de la vall hasta el Port de Sóller, al subordinar la obtención de plazas en horarios preferentes en el tren si se contrataba una excursión a sa Calobra con la empresa Excursiones Marítimas Puerto de Sóller.

Por no haber competencia

Sin embargo, la tesis que se argumenta en la sentencia del Supremo se basa en que, en este caso, no habría ningún abuso porque cuando un determinado transporte lo presta una empresa mediante una concesión administrativa, como por ejemplo el tren de Sóller, "no puede hablarse de competencia en ese mercado, puesto que el oferente del servicio es único y su precio viene impuesto por la concesión".