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Cort acata la sentencia por no evitar el exceso de ruido en los conciertos de la plaza de toros

El Ayuntamiento de Palma ha decidido no recurrir el fallo judicial y tendrá que indemnizar a tres vecinos

Los niveles de ruido en la plaza de toros de Palma fueron insoportables

Los niveles de ruido en la plaza de toros de Palma fueron insoportables / DM

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Redacción

El Ayuntamiento de Palma ha decidido no recurrir la sentencia que le condenaba a indemnizar a tres vecinos que residen en la barriada de la plaza de toros, por las molestias que tuvieron que sufrir por el alto volumen de los conciertos musicales que se celebraron en el recinto taurino. La indemnización, que tendrá que ser efectiva en los próximos días, es de 3.000 euros a cada vecino afectado por el insoportable nivel de ruido que se generó en los conciertos musicales.

La justicia, a través de una sentencia del TSJB, estimó el recurso contra un fallo inicial que rechazó la demanda de los vecinos de esta barriada de Palma. Los jueces consideraron que la decisión del Ayuntamiento de Palma de autorizar estos eventos de música en el foso taurino, que se celebraban de noche, afectaron a los derechos a la intimidad y a la integridad moral por el nivel de ruido que generaban los eventos.

Los hechos ocurrieron el pasado verano. Los vecinos se dirigieron por escrito al Ayuntamiento de Palma, denunciando que el nivel de ruido que se generaban en los conciertos superaba los límites máximos autorizados en las normas municipales. Por ello se solicitó a Cort que actuara en consecuencia y adoptara las medidas que fueran necesarias para cesar con estas molestias que afectaban a muchos vecinos de esta barriada de Palma.

La respuesta del Ayuntamiento fue el silencio y los vecinos no tuvieron más remedio que acudir a los tribunales. La primera sentencia no les dio la razón a los vecinos. El juez rechazó que el Ayuntamiento mantuviera una actitud de falta de actividad ante este conflicto, ya que abrió ocho expedientes sancionadores por ruido y además clausuró el recinto de forma cautelar.

La sentencia fue recurrida y el TSJB no coincidió en los mismos argumentos que el primer juez que estudió en caso. En esta segunda instancia si se dio la razón a los afectados, acusando a Cort de tomar medidas insuficientes ante el insoportable ruido que tenían que sufrir los residentes cada vez que se celebraba un concierto.

La sentencia advertía que si el Ayuntamiento no adoptaba las medidas necesarias para terminar con este problema los vecinos tenían el derecho a presentar nuevas demandas y podrían ser indemnizados.

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares califica de “tortura acústica” el ruido que tuvieron que sufrir los vecinos que residen en la barriada de la plaza de toros de Palma durante los conciertos musicales que se organizaron en el recinto taurino. Unos conciertos de música que llegaron a alcanzar los 78 decibelios, cuando las ordenanzas municipales de Palma solo permiten que el ruido de noche sea como máximo de 30 decibelios. Es decir, los residentes sufrieron un ruido intenso que doblaba el sonido máximo autorizado.

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