El Supremo confirma la condena a la exconcejal Jhardi por perjudicar al Grupo Cursach
Ordenó de manera verbal la retirada del permiso a los tiqueteros que publicitaban los negocios del empresario

La exconcejal Jhardi ha sido inhabilitada / B.RAMON
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de nueve años de inhabilitación impuesta contra la exregidora del Ayuntamiento de Palma, Aurora Jhardi, al considerar que cometió un delito de prevaricación. El delito lo habría cometido al revocar sin ninguna justificación legal la licencia que permitía a los trabajadores del Grupo Cursach repartir publicidad dinámica sobre sus establecimientos de ocio.
Con esta decisión, el TS confirma la interpretación que sobre los hechos también realizaron los distintos magistrados de Palma, primero de la Audiencia y más tarde del Tribunal Superior de Justicia de Baleares, que interpretaron que la entonces regidora de Función Pública del Ayuntamiento de Palma había adoptado una decisión ilegal al revocar dicha licencia. Jhardi firmó un decreto en marzo de 2017 «a sabiendas de que carecía de justificación legal para ello y que perjudicaba a determinados locales regentados por el Grupo», por lo que la revocación de la licencia se realizó «sin respeto al procedimiento administrativo».
La exconcejal de Podemos, que dio órdenes verbales a dos funcionarios de Cort para que realizaran esta revocación, justificó su decisión incidiendo que se había producido un constante incumplimiento, por parte del Grupo Cursach, de la normativa de publicidad dinámica. Y sostuvo también que ella se limitó a dar la orden, pero que fueron los funcionarios municipales los que dieron forma administrativa a dicho decreto.
El Tribunal Supremo detalla en su resolución que la prevaricación “es el negativo fotográfico del deber de los poderes públicos de actuar conforme a la Constitución y al ordenamiento jurídico”. Y por tanto, los jueces interpretan que la exconcejal tomó una decisión sin ajustarse a los procedimientos legales y siendo consciente de que no se estaban respetando los procedimientos administrativos previstos para estos casos.
En cambio, el Supremo revoca la condena en costas que el Tribunal Superior de Justicia de Baleares le impuso a la exconcejal de Podemos.
Esta sentencia, en realidad, no tiene ningún efecto práctico, puesto que Jhardi hace ya tiempo que está desvinculada de la política.
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