La ordenanza cívica de Palma más allá de las autocaravanas: patinetes, grafitis, turistas o 'balconing'

El BOIB publica la nueva normativa y se abre un periodo de información pública durante 30 días para que entidades y ciudadanos aporten sus propuestas

Los usuarios de patinete deberán usar casco y contratar un seguro.

Los usuarios de patinete deberán usar casco y contratar un seguro. / B. Ramon

Jaume Bauzà

Jaume Bauzà

Palma

El BOIB publica hoy el contenido de la nueva ordenanza cívica de Palma, que se abrirá a un periodo de información pública durante 30 días para que entidades y ciudadanos aporten sus propuestas. El alcalde de Palma, Jaime Martínez, ha abierto la puerta a incorporar eventuales modificaciones. "Estamos encantados de que todos nos trasladen alternativas", manifestó la semana pasada. "No hay líneas rojas", añadió.

Será en en el pleno de marzo o abril cuando el texto se someta a su aprobación definitiva y entre en vigor. Tendrá el voto en contra de la izquierda, que la han calificado la ordenanza de "represiva", "antidemocrática" o "aporofóbica".

La tramitación de la ordenanza cívica ha estado mediatizada por la prohibición de residir en autocaravanas bajo amenaza de multas de 1.500 euros, y las protestas que se han sucedido contra esta medida. Sin embargo, el documento consta de 125 artículos que regulan un amplio abanico de ámbitos: patinetes, grupos turísticos, grafitis, 'balconing', publicidad en la calle o consumo de alcohol en la vía pública.

Pintadas vandálicas

Son consideradas infracciones muy graves sancionadas con hasta 3.000 euros. "Cuando la pintada vandálica puede constituir una infracción patrimonial prevista por el Código Penal los agentes de la autoridad deben ponerlo en conocimiento de la autoridad judicial competente", advierte la ordenanza. Se prohiben pintadas en cualquier elemento del espacio público, y en el interior o exterior de equipamientos e infraestructuras públicas, incluyendo transporte público, mobiliario urbano, árboles y jardines. Si el infractor es menor, los padres serán responsables civiles subsidiarios de los daños producidos.

Un punto relativo a pintadas vandálicas muy criticado por PSOE, Més y Podemos establece que el Ayuntamiento "debe promover la invisibilidad de las pintadas vandálicas para no amplificar la exposición pública por cualquier canal de comunicación público o privado", lo que los tres partidos de izquierdas consideran una manera de "censura".

Patinetes eléctricos

La nueva ordenanza trae dos cambios muy relevantes para los usuarios de patinetes: casco obligatorio (ahora es recomendado) y un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000 euros para responder en caso de accidentes o daños al mobiliario urbano. En caso de no estar asegurado, la multa ascenderá a 600 euros, el máximo estipulado en la ordenanza de circulación. Y 90 euros para los que no vayan equipados con un casco.

Los patinetes no podrán circular por aceras, plazas, parques o jardines. Está prohibido que circulen en estos vehículos más de una persona. Además, los conductores deben ir erguidos sobre el patinete y con un chaleco reflector visible.  

'Balconing' y 'parkour'

"No se permite la conducta conocida como balconing; el desplazamiento acrobático únicamente con el cuerpo, utilizando cualquier elemento del entorno urbano como medio (parkour) u otros similares que pongan o puedan poner en peligro la seguridad propia o de terceros, de las que son responsables las personas que las llevan a cabo y las que las incitan, sin que se pueda extender esta responsabilidad a la persona que es propietaria, explotadora o responsable del establecimiento, salvo negligencia grave u omisión completa de sus obligaciones", reza el texto.

En este sentido, la ordenanza especifica que laPolicía "puede colaborar en la expulsión del establecimiento del infractor a requerimiento de la dirección del establecimiento o la persona comercializadora de la vivienda".

Límites a los grupos turísticos

"Deben restringirse a un máximo de 20 personas, con guía incluido. No se permite utilizar altavoces o megáfonos y se recomienda el uso de audioguías", reza la ordenanza. En caso de que la visita se haga en patinete, bicicleta o Segway, se limitará a un máximo de cuatro personas. Los guías deberán llevar el carnet oficial que les habilita. De no tenerlo, se levantará un acta que será trasladado a la conselleria de Turismo. Las infracciones en este ámbito se consideran leves castigadas con hasta 750 euros.

Nudismo

"No se permite ir desnudo o desnuda por la vía pública, salvo autorizaciones para lugares públicos concretos mediante decreto de la alcaldía", estipula la ordenanza, que prescribe multas de hasta 750 euros. Tampoco se permite transitar por los espacios públicos o permanecer en ellos, incluidos los transportes e instalaciones públicas, desprovisto de ropa en la parte superior.

Se exceptúan las piscinas, los paseos marítimos, las playas y las vías inmediatamente contiguas a éstas, las zonasde baño o el resto del litoral.

Consumo de alcohol en la vía pública

No se permitirá el acceso a parques y jardines públicos fuera del horario de apertura. Serán infracciones leves o graves dependiendo de la intensidad de la infracción.

El consumo de alcohol en la vía pública se sanciona con hasta 1.500 euros. También se prohíbe cuando se altere la convivencia, de manera masiva, causando insalubridad o interfiriendo en la tranquilidad de los vecinos. También se castigarán con hasta 1.500 euros.

Rótulos luminosos y luces láser

"Se considera que los rótulos luminosos ocasionan molestias cuando tienen una intensidad inapropiada, provocan flashes cambiantes o emiten un haz de luz hacia el exterior", subraya el texto de la nueva normativa. Las infracciones se castigan con hasta 750 euros. En caso de utilizar luces láser la infracción pasará a ser muy grave y los aparatos serán retirados

Del mismo modo, los agentes de la autoridad pueden retirar cautelarmente los utensilios utilizados, así como tomar las medidas oportunas para que el peligro o las molestias ocasionadas desaparezcan.

Juegos, apuestas y trile

No se permiten en la vía pública juegos que impliquen apuestas con dinero. Estas conductas se castigarán con sanciones que irán entre los 30.000 y los 450.000 euros.

Estas conductas incívicas están reguladas en la Ley autonómica de Juegos y Apuestas, que las considera muy graves. En estos casos los agentes también levantarán acta y las trasladarán a las autoridades competentes.

Defecar o escupir en espacios públicos

Orinar o escupir en el espacio público se considerará infracción leve y penada con hasta 750 euros. En caso de defecar en lugares de gran afluencia pública o en edificios catalogados, la sanción puede llegar hasta los 1.500 euros.

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