La Empresa Municipal d’Aigües i Clavegueram (Emaya) afirma que ya ha tomado medidas con el fin de hacer cumplir la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) que data de 2020 cuyo recurso no ha sido admitido a trámite por el Tribunal Supremo por la que confirma un fallo del juzgado de lo social de refuerzo número 1 de Palma.

Esta última sentencia, que ahora es firme y data de 2018, anulaba la consolidación de siete plazas de Jefes de Sector al considerar que se había producido una discriminación indirecta por razón de género por no haber podido concurrir a ellas las mujeres. A raíz de la no aceptación del recurso presentado por la empresa por parte del Tribunal Supremo, Emaya informó ayer que, como no puede ser de otra forma, acata la sentencia y que «se han adoptado todas las medidas con el fin de garantizar la igualdad a todo el personal».

De esta forma, se ha procedido a la redacción de un plan de igualdad, se han realizado convocatorias públicas para la consolidación de las plazas, y se ha procedido a la revisión de la prioridad de la antigüedad, entre otras.

Desde la empresa indican asimismo que «en ningún momento ha habido intención de discriminar a nadie» y que la situación se provocó por la aplicación del criterio de antigüedad establecido en el convenio colectivo, por lo que «ya se han tomado medidas para corregir esta situación».

Recuerdan que hasta 2017 la categoría de jefe de sector era de libre designación por parte de la empresa, «por la especial confianza que implica este puesto», por lo que se procedió a reconocer esta categoría laboral a 7 personas que desde hacía años la venían desempeñando, en algunos casos desde hacía 13 años. Esta decisión fue objeto de demanda judicial por parte de USTE y dos trabajadoras.