El Juzgado de lo Social número 5 de Palma ha condenado a Empresa y a los sindicatos CC OO, UGT, CGT, SITEIB y CSIF por excluir a los sindicatos USO y USTE de negociaciones sindicales, después de que se negaran a firmar el convenio.

En una sentencia reciente, el Juzgado da la razón a USO y a USTE, que en 2020 presentaron sendas demandas contra la empresa y el resto de sindicatos, y obliga a éstos a indemnizar a los demandantes con 30.000 euros a cada uno.

La sentencia recoge que la Unión Sindical Obrera (USO) y la Unión Sindical de Trabajadores de Emaya (USTE) tenían representación en el comité de empresa y participaron en la negociación del convenio, pero a diferencia del resto de sindicatos, se negaron a firmarlo.

Por este motivo, quedaron fuera de la Comisión Paritaria, un organismo encargado de atender cuestiones derivadas de la aplicación e interpretación del convenio, y que incluye solamente a las partes firmantes.

En la primera reunión de la comisión, en enero de 2018, el resto de sindicatos hicieron a USO y USTE abandonar la mesa diciendo que no tenían derecho a asistir, y ya no fueron convocados a más reuniones.

Sin embargo, en las diferentes sesiones de la Comisión se negociaron cuestiones que para el Juzgado quedaban fuera de las funciones de este órgano y suponían modificaciones del convenio, como ruedas de vacaciones y posibilidad de disfrute de determinados días, medidas de conciliación familiar, bases de procesos de selección para plazas vacantes, incrementos salariales, etc.

Según la sentencia, las actas de esas reuniones "evidencian que de forma consciente y constante la empresa y los sindicatos demandados utilizaron el instrumento que es la Comisión Paritaria para abordar, negociar y acordar cuestiones referentes al funcionamiento de la empresa y que exceden ampliamente el ámbito funcional propio de lo que debe ser una comisión paritaria", y que entraban en el ámbito de la negociación colectiva.

Por ello, el Juzgado concluye que se ha vulnerado la libertad sindical de los demandantes y les obliga a cesar de forma inmediata en esta actuación. Además, obliga a Emaya a publicar la sentencia en la intranet de la empresa.

En un comunicado, USO ha valorado la resolución judicial recalcando que USO y USTE cuentan con una representación del 47 por ciento de los trabajadores. "No se puede consentir que los trabajadores por nosotros representados se queden sin voz en las negociaciones del convenio colectivo que marcará su día a día", ha subrayado el representante de USO, Miguel Romero.

"La vulneración de derechos fundamentales no puede ser un hecho gratuito o de bajo coste por el que las empresas se permitan continuamente actuaciones en contra del derecho de los trabajadores, menos aún en una empresa pública, que precisamente por su carácter político debería de dar ejemplo", han señalado desde USO.