El área de Hacienda del Ayuntamiento de Palma ha anunciado que desde hoy se ha reactivado el cobro del Impuesto sobre el Valor Añadido de los Terrenos, más conocido como impuesto de plusvalía.

La decisión se adopta después de que haya entrado en vigor del decreto ley aprobado por el consejo de Ministros del pasado lunes, por el que se aprueba un nuevo sistema de cálculo de la cuota de este impuesto declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, en una sentencia anunciada hace dos semanas y publicada en día 26 del pasado mes de octubre.

Cuando se anunció la sentencia de inconstitucionalidad el Ayuntamiento anunció que "por precaución" se suspendían las liquidaciones de este impuesto. Con la aprobación del decreto ley se reanuda la presentación de la documentación necesaria en aquellos casos cuya compraventa se produzca a partir de hoy. En el caso de que esta operación se haya producido después entre el día 26 y hoy la venta no está sujeta al pago.

El portavoz del equipo de Gobierno municipal, Alberto Jarabo, ha valorado esta mañana "muy positivamente" que el gobierno central haya reaccionado rápidamente y haya aprobado en tiempo récord un nuevo sistema de cálculo de este impuesto, que supone unos ingresos en torno al los 25 millones de euros anuales para las arcas municipales.

Paralelamente desde el departamento de Hacienda de Cort se está trabajando para adaptar los sistemas informáticos al nuevo cálculo del impuesto y en la aprobación de las correspondientes ordenanzas fiscales modificadas con el fin de que se pueda proceder a efectuar las liquidaciones cuanto antes. También se valorará si el nuevo sistema de cálculo compensa las expectativas de ingresos municipales, aunque probablemente se deberá esperar un año para analizar con más detenimiento los resultados.

Según ha informado Cort, desde ayer las personas que realicen la transmisión de un inmueble, ya sea por compraventa o herencia, deberán presentar en el registro municipal una declaración de esta transmisión, adjuntando las escrituras de compra y de vena.

En estos momentos el Ayuntamiento está adaptando su sistema informático a las nuevas fórmulas de cálculo y deberá proceder al cambio de la ordenanza fiscal, por lo que, de momento no es posible liquidar el impuesto.

Tal como indica la norma estatal, se deberá presentar la documentación de la transmisión en el período de un mes desde la compraventa y de seis mese prorrogables en caso de herencia.

Las personas que presenten la documentación en plazo no deberán abonar ningún recargo. Cuando se hayan modificado los sistemas informáticos, el Ayuntamiento procederá a efectuar la liquidación de la plusvalía y notificará a la persona la liquidación tributaria que le corresponda, realizando el cálculo con las dos fórmulas posibles a partir de ahora para que el contribuyente escoja.