La justicia se ha pronunciado nuevamente a favor del mantenimiento del monumento al crucero Baleares de sa Feixina [lea aquí la sentencia]. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha desestimado el recurso interpuesto por el Consell de Mallorca, el Ayuntamiento de Palma y la Associació per a la Memòria Històrica de Mallorca contra la sentencia del juzgado de lo contencioso administrativo número tres de Palma que anulaba la desprotección del monolito y, en consecuencia, imposibilitaba su demolición.

La sentencia impugnada que ahora ha sido ratificada por el alto tribunal estimó un recurso contencioso administrativo interpuesto por la asociación de Veïns i Amics de Santa Catalina y por la Associació per a la Revitalització dels Centres Antics (Arca). Ambas asociaciones instaron a la protección del monolito por parte del Consell de Mallorca después de que se anunciara por parte del Ayuntamiento de Palma la tramitación del expediente de demolición ya que la comisión insular del Patrimonio Histórico de Mallorca había acordado, con fecha de 22 de diciembre de 2015, la no incoación de un expediente de protección del monumento por carecer de valores histórico artísticos.

Con posterioridad, y en función de nuevos informe, en especial uno emitido por el comité nacional en España de ICOMOS, el jefe del servicio de Patrimonio Histórico del Consell Insular emitió un informe jurídico en el que se propone estimar el recurso de alzada interpuesto por la asociación de vecinos y, en consecuencia, incoar un expediente para la catalogación. Este fue finalmente rechazado por el Consell de Mallorca, cuyo pleno el 18 de julio de 2017 desestimó nuevamente la protección, una decisión que fue recurrida tanto por la asociación vecinal como por Arca, dándoles la razón en primera instancia en marzo del año pasado.

Ante esta resolución, el Consell, el Ayuntamiento y la asociación de la Memòria Històrica de Mallorca interpusieron el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Balears por considerar que no hay motivos para declarar el monolito como Bien Catalogado "al no apreciar en el mismo valores de interés histórico o arquitectónico".

La sentencia impone las costas a las partes apelantes y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, cuestión que está en estudio por parte de los servicios jurídicos del Consell de Mallorca y del Ayuntamiento de Palma. Desde Cort la primera reacción al fallo por parte del equipo de gobierno, partidario de la demolición del monolito, ha sido el de "acatarlo, aunque sin compartirlo".