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Un juez reprocha que Cort desalojara a unos okupas con niños

Varias familias se instalaron en las viviendas provisionales de Son Güells

Las casas fueron derruidas tras el desalojo de sus moradores

Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Balears reprocha al Ajuntament de Palma que ejecutara el desalojo de una vivienda, construida en un solar municipal, donde vivía una familia de okupas con dos hijos de muy corta edad. El juez entiende que el Ajuntament debió realizar las indagaciones correspondientes para conocer la situación de estos dos niños y valorar «cómo el desalojo de un inmueble que constituía su domicilio les podía afectar». Señala también que los dos hermanos vivían en una situación «precaria» y por la decisión de Cort se vieron obligados a «abandonar el inmueble donde residían, sin que la administración siquiera indagase los efectos que ello podía comportarles», señala la sentencia del TSJB.

Este inmueble ocupado estaba situado en la zona de Son Güells, en Palma. Se trataba de cuatro viviendas piloto, que se habían construido como ejemplo de los pisos que se iban a construir en una urbanización de la zona. Estas casas fueron construidas por la promotora, que invadió parte de un solar municipal para levantar una de estas casas. Las cuatro viviendas piloto fueron «okupadas» por varias familias de etnia gitana.

La Junta de Gobierno del Ajuntament de Palma acordó recuperar la posesión del solar municipal y se solicitó autorización judicial para poder entrar en las viviendas y, por lo tanto, expulsar a los okupas. Este solar iba a ser destinado a equipamiento socio cultural público. El juez dio luz verde al Consistorio, que antes de ejecutar la orden, envió a la Policía para comprobar cuántas personas vivían en estos cuatro inmuebles provisionales. Cuando fue la Policía comprobó que en las casas piloto vivían varias familias y en una de ellas, la situada en el solar municipal, residían seis adultos y dos niños de tres y cuatro años de edad. El desalojo efectivo de los inmuebles se llevó a cabo el pasado mes de septiembre. Las familias, incluidos los niños, fueron obligados a abandonar las casas, que justo después fueron derruidas para evitar que pudieran ser posteriormente utilizadas por otras personas.

El padre de familia fue quien demandó al Ajuntament por esta orden acordada por la Junta de Gobierno. Aunque ahora haya ganado el caso, la decisión del TSJB no tiene ningún efecto práctico, puesto que las viviendas piloto ya no existen. Sin embargo, esta decisión judicial puede establecer un nuevo criterio, sobre todo si se trata de expulsar a los okupas que han entrado en inmuebles de titularidad pública. El TSJB le recuerda al juez que autorizó el desalojo que debió comprobar si se había previsto algún tipo de ayuda a los ocupantes en situación de vulnerabilidad. El Ajuntament no se preocupó por la situación de los dos niños.

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