Una de las preguntas más repetida tras conocer la ordenanza que limita el número de perros y gatos que se pueden tener en Palma es: ¿Qué animales podré tener en casa cuando entre en vigor la nueva ordenanza municipal de tenencia de animales que está tramitando el Ayuntamiento de Palma?

Se entiende como animales de familia asimilables a perros y gatos a aquellos mamíferos que pueden convivir con las personas en sus viviendas, entre los que se incluyen conejos de familia, hurones o cerdos enanos.

Si bien el texto de la ordenanza no lo especifica, fuentes municipales han indicado que en el cómputo no se incluyen aquellos animales que habitualmente viven enjaulados o en recipientes cerrados como peceras. Por ello, los pájaros, incluidos los loros, por ejemplo, al igual que los peces no entrarían en este cómputo máximo.

Por el contrario, un cerdo vietnamita, un conejo o un hurón, que se tenga como mascota suponiendo que el propietario disponga de todos los documentos en regla para su tenencia, sí que entrarían en el máximo de tres.

La nueva norma prohíbe también la cría doméstica y la tenencia de los animales de corral, conejos de producción, más de dos palomas, mamíferos de la familia de los bóvidos (vacas, ovejas y cabras), cerdos y caballos en domicilios particulares y solares de zonas urbanas del municipio, tanto en terrazas como en corrales o patios.

Tampoco se permite la tenencia de animales salvajes en viviendas y en cualquier otro local que no reúna las condiciones de seguridad.

Los propietarios de loros, cacatúas, cotorras y otros animales exóticos de pluma están obligados a educarlos y socializarlos de forma que se evite la contaminación acústica producida por los sonidos que emiten.

La tenencia de animales exóticos en las viviendas está sujeta, además, en el caso de que se disponga del correspondiente permiso, a su utilidad o nocividad en relación a las personas, a las circunstancias de bienestar animal e higiénicas de su alojamiento y a la posibilidad de existencia de peligros o incomodidades para los vecinos en general.

En cualquier caso, las personas poseedoras de animales están obligadas a adoptar las medidas necesarias para que la tranquilidad del vecindario no sea alterada por el comportamiento de sus mascotas.

En el caso de que en estos momentos una familia ya conviva con más de tres mascotas en un piso o de cinco en una casa podrá seguir manteniéndolas, aunque, en el plazo de seis meses tras la aprobación definitiva de la ordenanza deberá solicitar una autorización específica al Ayuntamiento de Palma.

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