El Ayuntamiento de Palma ha estado autorizando, al menos desde 2003, transmisiones de licencias del servicio municipal de galeras entre vivos o por causa de fallecimiento de su titular de forma ilegal.

Un informe de los servicios jurídicos, emitido como consecuencia del proceso de revisión de la actual ordenanza municipal emprendida por el equipo de gobierno, ha puesto de manifiesto que los artículos 10 y 11 del reglamento municipal, que regulan las condiciones en las que se pueden transmitir estas licencias "contraviene" lo dispuesto en el Reglamento de Servicio de las Corporaciones Locales (RSCL), aún en vigor pese a que data de junio de 1955. En este reglamento se indica que el transporte urbano de viajeros en vehículos de tracción animal (galeras) tienen la condición de servicio público impropio.

Se trata de servicios que están sujetos a licencia municipal con comprobación por parte de la administración de que se cumplen los requisitos legales del ejercicio de la actividad. No obstante, también se indica que los servicios sujetos a licencias limitadas, como es el caso, y no reguladas por una normativa sectorial de ámbito estatal, no se pueden traspasar.

Lo anterior no es de aplicación a las licencias de taxis por cuanto este servicio cuenta con una normativa sectorial de ámbito nacional.

Por ello, el concejal de Movilidad, Joan Ferrer, ha presentado una propuesta para que sea aprobada en el próximo pleno municipal para iniciar los trámites de revisión de oficio y anular los artículos del reglamento municipal que no se ajustan a la ley. Asimismo, se solicita el dictamen preceptivo del Consell Consultiu.