El Balconing es considerado como falta leve para el que lo practica y grave para los locales

La práctica del ‘balconing’ es considerada como una falta leve para el que lo practica, aunque los establecimientos que no adopten medidas para impedirlo pueden ser sancionados por cometer una falta grave.

Los compradores de productos a los vendedores ambulantes ilegales pueden ser sancionados

Los compradores de los productos que ofrecen los vendedores ambulantes, al igual que los que solicitan el servicio de las masajistas, pueden ser sancionados por cometer una falta leve.

La mercancía de la venta ambulante se puede decomisar y destruir al momento

La mercancía que ponen a la venta los vendedores ambulantes no autorizados puede ser decomisada y destruida al momento, excepto si tiene valor artístico demostrable. Los vehículos también podrán ser decomisados temporalmente.

La policía podrá intervenir en el interior de los locales por conductas incívicas

Cuando en el interior de un local se produzcan conductas incívicas, discriminatorias o que inciten al odio, los agentes de la Policía podrán intervenir. También constituirá una falta leve la incitación al consumo masivo o inadecuado de bebidas alcohólicas.

El importe de las multas podrá cobrarse de forma inmediata con la correspondiente reducción

El importe de las sanciones impuestas por la Policía Local en aplicación de esta ordenanza se podrán cobrar de forma inmediata con la correspondiente reducción. También se podrá sustituir el importe por cursos.

Exhibir el torso, las nalgas o los genitales en la calle es considerado como falta leve

Exhibir el torso o las nalgas en los espacios públicos no autorizados, excepto en la primera línea de playa, los genitales o el nudismo integral en sitios no expresamente autorizados es considerado como falta leve.