El departamento de Urbanismo del ayuntamiento de Palma ha ordenado el cierre de la mitad del complejo del Megapark por carecer de la correspondiente licencia de actividad.

La propiedad dispone de un plazo de 48 horas desde la notificación del decreto de cierre, cuya orden salió ayer de Urbanismo, lo que supone que solo podrá seguir abierto como centro de ocio y cafetería la totalidad del sótano y la parte de la planta baja que dispone de licencia.

El resto de esta zona, que ocupa prácticamente la mitad del patio interior, así como la zona de retranqueo entre los dos edificios originales y el primer piso deberá permanecer cerrada.

Con esta medida, la actividad del complejo se ajustará a las licencias concedidas en 2005 y 2006 como centro de ocio y cafetería, que son las únicas que dispone en estos momentos, después de que el Ayuntamiento le denegara el pasado febrero la unificación de ambos permisos.

Las medidas cautelares dictadas también incluyen la paralización de la actividad de las terrazas exteriores paralización de la actividad de las terrazas exteriores por carecer de licencia, así como que el techo retráctil deberá permanecer abierto.

El nuevo aforo de las actividades autorizadas como complejo de ocio y cafetería se ha fijado en 2.528 personas.

Según el teniente de alcalde de Modelo de Ciudad, José Hila, tras la denegación de la unificación de las licencias, con las medidas adoptadas se pretende que se restablezca la legalidad infringida. Es decir, que la propiedad ajuste los proyectos a las condiciones de las licencias concedidas en 2005 para el centro de ocio y en 2006 para la cafetería.

Mientras se lleva a cabo el restablecimiento de la legalidad se deben aplicar una serie de medidas cautelares que incluye la paralización general de la actividad de la Cafetería Quixote. Se trata de uno de los dos edificios del complejo, conformado por planta sótano, planta baja, entresuelo y segunda planta, que se utilizaba sin licencia como extensión del centro de ocio.

También se paraliza cualquier tipo de actividad en el espacio de retranqueo situado entre el edificio de ocio y el bar, que actualmente se utiliza como terraza, al igual que la prohibición de las situadas en el exterior.

Por lo que respecta al centro de ocio, se paraliza la actividad de la primera planta porque se han detectado incrementos de superficie considerables.

Medidas cautelares

En el caso de que esta orden no se cumpla en el plazo de 48 horas desde su notificación, las medidas cautelares dictadas se ejecutarán de forma forzosa y se procederá al precinto de las actividades afectadas. La anterior resolución no puede ser recurrida.

La propiedad, en el plazo dado, deberá presentar en el departamento de actividades un certificado firmado por un técnico competente en el que se debe especificar que se han adoptado todas las medidas cautelares ordenadas. El teniente de alcalde destacó "la gran labor" realizada por los técnicos municipales en relación a estos expedientes y agradeció su trabajo, que calificó de "fundamental para instruir este procedimiento desde la legalidad, que es lo que debe imperar por encima de todo, porque todos somos iguales ante la ley".