El Ayuntamiento de Palma ha tenido que asumir el pago de más de dos millones de euros para indemnizar a ciudadanos en los últimos cinco años, principalmente por caídas en la vía pública.

Cort ha pagado un total de 2.213.530 euros entre 2012 y 2016. De este periodo, el pasado año fue el ejercicio en que más dinero se destinó para indemnizar accidentes en la calle, con 633.196 euros, una cifra muy superior a la que se había presupuestado, que era de 300.000 euros.

Una indemnización sonada

Hay que tener en cuenta que en 2016 se cumplió con sentencias pendientes de pago y se cumplió con la indemnización a la viuda del bombero fallecido en un incendio en 2010, que supuso más de 130.000 euros.

Cabe recordar este caso, por la repercusión social que tuvo y porque el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Palma consideró que el Ayuntamiento era responsable de la muerte de Alejandro Ribas, el 6 de agosto de 2010, durante la extinción de un incendio en un bar. Hasta el momento, el consistorio descargaba la responsabilidad en el bombero.

Pero la mayoría de casos de indemnizaciones por responsabilidad patrimonial corresponden a caídas en la vía pública, según la información aportada por el Ayuntamiento. Casos minoritarios son los daños sufridos por la caída de un árbol u otro elemento.

Para este año 2017, Cort ha presupuestado una partida significativamente superior a la de otros ejercicios, la mayor de los últimos seis años. La razón: históricamente ha sido una partida con carencias, alegan desde el consistorio, y que ha tenido que ser modificada a posteriori para poder pagar las responsabilidades.

Las reclamaciones

Estas indemnizaciones se asumen tras un proceso de reclamación por parte de los ciudadanos, que interponen un recurso ante el Ayuntamiento cuando consideran que el consistorio es responsable de algún incidente sufrido en la vía pública. Estos recursos se derivan al servicio de Responsabilidad patrimonial.

Si un recurso se desestima, el ciudadano no tiene que asumir las costas. "Otro caso sería cuando, tras desestimarse el recurso por el Ayuntamiento, el afectado interpone un contencioso e inicia la vía judicial", indican desde Cort.