El gran complejo comercial proyectado en los terrenos de ses Fontanelles, en la Playa de Palma, continuará suspendido por falta de licencia comercial. El Tribunal Superior de Justicia de Balears comunicó ayer una sentencia por la que respalda la decisión que adoptó el anterior Govern, que denegó la licencia comercial del proyecto. El motivo era claro: los terrenos no disponen de los servicios básicos, requisito imprescindible para que se autorice la construcción y explotación de un gran centro comercial. No solo el Govern rechazó la licencia comercial, sino después el actual Ayuntamiento de Palma denegó también la licencia de obras, al coincidir el criterio técnico de ambas administraciones.

La empresa francesa Unibail Rodamco Palma S.L.U., propietaria de los terrenos, que anunció ayer que recurrirá la sentencia, acudió a los tribunales con un único propósito. Pretendía que se declarara nula la decisión de la Dirección General de Comercio del Govern, dictada en diciembre de 2014, por la que se denegaba la solicitud de licencia autonómica de gran establecimiento comercial. Se trataba de un requisito necesario para construir este gran centro comercial en esta zona de la Playa de Palma. El rechazo a esta licencia comercial pivotaba sobre una cuestión estrictamente técnica. La ley autonómica exige que para aprobar estos proyectos los terrenos sobre los que se va a construir el gran centro comercial deben contar con la clasificación de suelo urbano consolidado. Es decir, debe ser un terreno que disponga de todos los servicios básicos. Y este requisito no se daba en el solar de ses Fontanelles. El terreno está clasificado como suelo urbanizable programado y a día de hoy, aunque puede que en un futuro cambie la situación, carece de dichos servicios mínimos.

En esta demanda ninguna de las dos partes discutía la clasificación urbanística de este terreno de la Playa de Palma, ni la empresa exigía una indemnización económica por no conseguir la licencia. Lo que alegaba el promotor es que el Govern debía adoptar una decisión menos restrictiva, realizando una interpretación personal de un conjunto de normas. Pero el tribunal lo ha tenido muy claro y respalda la decisión del Govern, en contra de los intereses de la empresa francesa. Así, la sentencia recuerda que en materia de licencias de grandes superficies la ley autonómica obliga a que, para aprobar o denegar la licencia, debe intervenir obligatoriamente la Dirección General de Comercio, al entrar en sus competencias. Y entrando en el debate urbanístico, también la norma es muy clara en cuanto no puede autorizarse una licencia comercial de estas características si el solar no dispone de la clasificación de suelo urbano consolidado. Este requisito básico para disponer de esta licencia no se da en ses Fontanelles, por cuanto en estos momentos (y más aún en el año 2014 cuando se solicitó al Govern), como determina un certificado del Ayuntamiento de Palma, su clasificación es de suelo urbanizable programado. Y ello debido a que el porcentaje de servicios mínimos en estos terrenos todavía es insuficiente.

Esta decisión judicial comunicada ayer fue recibida con especial satisfacción, tanto por el Govern, como por el Ayuntamiento de Palma. Así, el teniente de alcalde de Palma, Antoni Noguera, resaltó que, al contrario de lo que afirmaban el PP y Ciudadanos, "queda claro que el Ayuntamiento actuó correctamente cuando, el pasado mes de diciembre archivó el proyecto de ses Fontanelles ante la imposibilidad de concederle la licencia de obras".