El Ayuntamiento de Palma solo autorizará la construcción de nuevos edificios en la barriada de es Molinar que mantengan la tipología tradicional seguida mayoritariamente por los inmuebles de la zona.

El teniente de alcalde de Modelo de Ciudad, Urbanismo y Vivienda Digna, Antoni Noguera, explicó que su departamento, a la hora de conceder las nuevas licencias de obras, aplica el artículo 69 de la Ley Balear del Suelo, según el cual el nuevo proyecto debe adaptarse a su entorno.

De esta forma, según Noguera, el mantenimiento de la idiosincrasia tradicional de la barriada quedaría garantizado sin esperar a la aprobación de una normativa específica. Explicó que las edificaciones construidas en los últimos meses y que han sido objeto de polémica por alejarse de la tipología tradicional se corresponden con licencias de obras concedidas hace más de un año.

Tanto el teniente de alcalde como el gerente de Urbanismo, Joan Riera, aseguraron que, con el actual equipo de gobierno, no se ha autorizado ninguna obra discordante con el entorno puesto que a todos los proyectos presentados a partir de julio del año pasado ya se les exige que se adecuen al citado artículo de la ley autonómica del suelo.

De esta forma, los nuevos proyectos deben presentar fotografías y planos de los edificios colindantes con el fin de determinar que el nuevo proyecto mantiene la concordancia urbanística con los inmuebles vecinos. También deben especificar los materiales que se van a utilizar en especial para la ejecución de la fachada, así como el tipo de aperturas que se van a practicar en la misma.

Riera aceptó que con estas medidas, si bien el criterio que se utiliza por parte de los técnicos municipales para aceptar el nuevo proyecto tiene una carga importante de subjetividad, se puede evitar en buena medida que se autoricen nuevas construcciones que no respetan para nada el entorno, como ha ocurrido con anterioridad.

Esta norma no solo se aplica en es Molinar, según Noguera, sino que también se hace cuando se presenta un proyecto en alguno de los núcleos de población o barriadas que presentan características homogéneas.

Según explicó el gerente de Urbanismo, entre estas zonas se incluyen los núcleos antiguos de barriadas del extrarradio de la ciudad ya integradas en la trama urbana como son La Soledat, Son Espanyolet o Son Roca, cuyos núcleos mantienen tipologías constructivas diferenciadas del resto. También se aplican en núcleos separados del casco urbano como La Vileta, Son Rapinya, Sant Jordi, s'Aranjassa o sa Casa Blanca.

En Santa Catalina se aplica desde el pasado mandato una normativa especial de protección. En estos momentos dispone de una normativa transitoria que se aprobó tras una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana.

Según Noguera en estos momentos no se prevé la aprobación de una normativa específica similar a la que esté en vigor en Santa Catalina, aunque no se descarta. En cualquier caso el nuevo Plan General incorporará los instrumentos de protección necesarios que garanticen el mantenimiento de la tipología tradicional de las edificaciones en estas zonas.

Críticas de Arca

Desde ARCA se apuesta por la aprobación de una normativa de estética y de tipología que garantice "la despersonalización galopante" que sufre es Molinar por la sustitución de edificaciones tradicionales por otras de nueva planta.

En el caso de esta barriada situada en primera línea la asociación proteccionista también considera necesario que se limite la concesión de licencias para la apertura de bares y restaurantes. Recordaron que es Molinar es una de las barriadas más acosadas por la implantación de locales de ociio y restauración así como en la construcción de nuevos edificios que no siguen la pauta de los tradicionales en los acabados.

Consideran que desde el Ayuntamiento también se debe garantizar que la mayoría de los bajos de las viviendas se mantengan el uso residencial con el fin de evitar la excesiva concentración de bares, lo que, tal como recuerdan, "en otras barriadas ha perjudicado el equilibrio" que debe existir entre el uso residencial y el de ocio.