El Ayuntamiento de Palma ha informado hoy de que esperará la resolución del recurso de alzada sobre la demolición del monolito de sa Feixina por parte del Consell de Mallorca, que ha ordenado la suspensión cautelar durante un plazo máximo de tres meses de cualquier tipo de actuación sobre el mismo.

"El consistorio esperará a la resolución del recurso de alzada por parte del Consell para continuar con la tramitación administrativa del proyecto de demolición del monolito y reordenación del espacio urbano resultante, respetando las garantías del procedimiento administrativo", señala en una nota de prensa el Ayuntamiento de Palma.

El recurso de alzada se ha interpuesto contra el acuerdo de denegación de la incoación del expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural (BIC) o Bien catalogado del monolito.

"El Ayuntamiento de Palma confía en que no sea necesario agotar el plazo máximo de tres meses para resolver el recurso de alzada: notificar, recibir y resolver alegaciones", indica.

Detalla que el consistorio remitió al Consell de Mallorca sus alegaciones al recurso de alzada el pasado viernes, y apunta que ha actuado en "el marco de sus competencias e inició el procedimiento un vez el Consell de Mallorca denegó la incoación del expediente de declaración de BIC o Bien Catalogado del monumento de la Feixina".

"Al no tratarse ni antes ni ahora de un elemento protegido, tal y como establece la doctrina, el consistorio se encuentra en plena competencia para la reordenación del espacio urbano", incide.

Recuerda que el 22 de diciembre de 2015 la Comisión insular de Patrimonio acordó "denegar la incoación del expediente para la declaración como bien de interés cultural o bien catalogado del monolito de sa Feixina, de acuerdo con los informes técnico y jurídico de día 3 de diciembre que se adjuntan y con los artículos 5, 7, 14 y 15 de la ley 12/98, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Islas Baleares".

Resolvió entonces que el monolito "ni está calificado como bien de interés cultural ni contiene valores patrimoniales que justifican la aplicación de alguna de las figuras de protección establecidas en la Ley de patrimonio de las Islas Baleares".

El Ayuntamiento apunta que ningún informe de una entidad privada se puede elevar a la categoría de doctrina, ni puede servir para descalificar a los informes de los técnicos de Patrimonio del Consell de Mallorca.

Por encima del informe presentado por los recurrentes, hay otros cualificados que sentencian el contrario, como los informes de los técnicos de Patrimonio del Consell de Mallorca, de la arqueóloga del Ayuntamiento de Palma, Magdalena Riera, y del informe de la catedrática de Historia del Arte de la Universidad de las Islas Baleares, Catalina Cantarellas.

El proyecto municipal de demolición de su Feixina y reordenación del espacio urbano resultante se encuentra en periodo de estudio de las alegaciones presentadas, en el que se irá avanzando en los próximos meses hasta poder continuar con la tramitación administrativa, concluye el ayuntamiento.