Dice que el proverbio que la Justicia es ciega porque no mira a las personas, sino los hechos. Pero en el caso administración municipal no sucede ni lo uno ni lo otro. Así lo demuestra un caso en el que Cort ha embargado las cuentas bancarias a un ciudadano de Albacete por una multa de tráfico, aunque el Ayuntamiento había practicado de forma errónea las notificaciones. El consistorio se ha visto obligado a notificar y ha dado al razón al sancionado, al que ahora deberá devolverle el dinero.

Los hechos se remontan a agosto de 2013. El conductor circulaba por la calle de la Llibertat y un radar móvil le fotografió por ir con un exceso de velocidad. La multa: 400 euros, o solo 200 euros si la pagaba pronto. Por un fallo de Cort, dos años después le han embargado las cuentas por una cantidad que roza los 1.500 euros.

El conductor, que responde a las siglas de Juan P. P., trabajaba y vivía temporalmente en Palma. Dos meses antes de ser multado, cambió de domicilio y se fue a vivir al Pont d'Inca. Juan cumplió con todo el papeleo: se dio de alta en el padrón del Ayuntamiento de Marratxí y fue a la jefatura provincial de Tráfico para comunicar su nuevo domicilio.

Sin embargo, el Ayuntamiento de Palma decidió notificarle la multa a su antigua dirección en la barriada de Son Fortesa Nord (aquella donde estaba empadronado en Palma y que ya había dado de baja) en vez de seguir el procedimiento que marca la ley y utilizar la dirección de Tráfico.

Al ser una multa de radar, no avisaron al motorista en el mismo momento. La sanción le obligaba a identificar a la persona que en ese momento conducía, pero como que se la notificaron mal no pudo hacerlo. Tras dos notificaciones fallidas en septiembre de 2013, la multa se triplicó y se convirtió en 1.200 euros.

Cort efectuó cuatro avisos más, todos ellos en la dirección equivocada. En 2014 Juan P. P. se fue a vivir a Benidorm. Y fue este verano, dos años después de la infracción, cuando el conductor se enteró por primera vez de que le habían sancionado.

Al repasar los movimientos de su cuenta bancaria, de repente observó un embargo efectuado por la Agència Tributària de les Illes Balears. Y la cantidad se elevaba a los 1.492,95: siete veces más de la cantidad que podría haber pagado en un principio.

Juan P. P. asegura que en ningún momento quiso esquivar el pago de la multa, pero nunca le advirtieron de ella, por lo que no tuvo oportunidad de defenderse.

El caso ha sido tan claro que, sorprendentemente, el departamento financiero de Cort le ha dado la razón en poco tiempo. Tras enviar un escrito dirigido al alcalde, el consistorio ha aceptado las alegaciones presentadas por el conductor en menos de un mes y reconoce que le tienen que devolver todo el dinero. Además, el fallo de Cort implica que nunca se podrá cobrar la multa porque ha pasado el tiempo máximo para notificarla por primera vez.